Prohibición de penas suspendidas para algunos delitos contra la administración pública y la vulneración del principio de autonomía judicial
Descripción del Articulo
La presente investiga cuestiona la legitimidad de la modificatoria del código penal en cuanto a la prohibición de la suspensión de la ejecución de la pena, cuando se trate de algunos delitos cometidos por funcionarios o servidores públicos que afecten la función pública, ello en razón de que con ell...
Autor: | |
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Formato: | tesis de grado |
Fecha de Publicación: | 2018 |
Institución: | Universidad Privada de Trujillo |
Repositorio: | UPRIT-Institucional |
Lenguaje: | español |
OAI Identifier: | oai:190.119.200.62:UPRIT/117 |
Enlace del recurso: | http://repositorio.uprit.edu.pe/handle/UPRIT/117 |
Nivel de acceso: | acceso abierto |
Materia: | Penas suspendidas Administración pública Derecho |
Sumario: | La presente investiga cuestiona la legitimidad de la modificatoria del código penal en cuanto a la prohibición de la suspensión de la ejecución de la pena, cuando se trate de algunos delitos cometidos por funcionarios o servidores públicos que afecten la función pública, ello en razón de que con ella se limita la autonomía del Poder judicial, ya que a este órgano o poder del Estado es a quien le compete la tarea de determinar la pena de forma cuantitativa y cualitativa, así como su forma de ejecutar dentro de los parámetros legales de máximo y mínimo, que es lo que corresponde al legislador, según el sistema que adopta el Perú. Para ello se planteó como pregunta: ¿En qué sentido la prohibición de imposición de pena privativa de la libertad suspendida para los delitos de peculado doloso, colusión, malversación, algunas clases de cohecho y enriquecimiento ilícito, contenida en el último párrafo del artículo 57 del Código Penal, vulnera el principio de autonomía judicial? , se formuló la siguiente hipótesis: La prohibición de imposición de pena privativa de la libertad suspendida para los delitos de peculado doloso, colusión, malversación, algunas clases de cohecho y enriquecimiento ilícito, contenida en el último párrafo del artículo 57 del Código Penal, vulnera el principio de autonomía judicial debido a que el poder legislativo se está arrogado la función de determinar la pena concreta en cuanto a la forma de ejecución, tarea que es propia del poder judicial, se estableció como objetivo: determinar que la prohibición de imposición de pena privativa de la libertad suspendida para los delitos de peculado doloso, colusión, malversación, algunas clases de cohecho y enriquecimiento ilícito, contenida en el último párrafo del artículo 57 del Código Penal, vulnera el principio de autonomía judicial debido a que el poder legislativo se está arrogado la función de determinar la pena concreta en cuanto a la forma de ejecución, tarea que es propia del poder judicial. Se utilizó una investigación simple y se apeló a la hermenéutica, para llegar a la conclusión de validar nuestra hipótesis. |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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