La prohibición de la pena suspendida en los delitos de corrupción de funcionarios y su afectación de garantías constitucionales en el ordenamiento jurídico peruano

Descripción del Articulo

La finalidad del presente trabajo de investigación fue identificar y analizar las garantías constitucionales que son afectadas por la prohibición de la pena suspendida en los Delitos de Corrupción de Funcionarios en el ordenamiento jurídico peruano y proponer la derogación de dicha figura; para lo c...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Errivares Laureano, Rodil Meliton
Formato: tesis de maestría
Fecha de Publicación:2016
Institución:Universidad Nacional Santiago Antúnez de Mayolo
Repositorio:UNASAM-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:172.16.0.151:UNASAM/2581
Enlace del recurso:http://repositorio.unasam.edu.pe/handle/UNASAM/2581
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Pena suspendida
Delito
Corrupción de funcionarios
Garantías constitucionales
Separación de poderes
Legislación penal
Descripción
Sumario:La finalidad del presente trabajo de investigación fue identificar y analizar las garantías constitucionales que son afectadas por la prohibición de la pena suspendida en los Delitos de Corrupción de Funcionarios en el ordenamiento jurídico peruano y proponer la derogación de dicha figura; para lo cual se realizó una investigación jurídica de tipo dogmático -normativa-teórica- y por su naturaleza fue cualitativa; empleándose la técnica documental y análisis de contenido y la argumentación jurídica, como método del diseño metodológico para validar la hipótesis. Los resultados de la encuesta nos muestra que el 80% de los encuestados manifiestan que si existen argumentos jurídicos para justificar la derogación de la Ley Nº 30304, Ley que prohíbe la suspensión de la ejecución de la pena a los delitos cometidos por funcionarios y servidores públicos, y el 20 % señalan todo lo contrario; concluyendo que con la dación de la Ley Nº 30304, Ley que prohíbe la suspensión de la ejecución de la pena a los delitos cometidos por funcionarios y servidores públicos, los jueces ya no realizan una valoración individual y motivada mediante la cual determina si, para el caso en concreto, el sujeto necesita y/o merece una pena privativa de la libertad; tomando como base las características que señala el artículo 57º del Código Penal (naturaleza o modalidad del hecho punible, comportamiento procesal del sujeto y personalidad del agente), por lo que se restringe a los jueces la potestad de administrar justicia y de esta forma vulnera los principios constitucionales de autonomía, separación de poderes e igualdad
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