Restricción de la cobertura del SOAT: vulneración de derechos fundamentales

Descripción del Articulo

El Trabajo de Suficiencia Profesional analizó la Casación N° 29264-2018, que cuestionó si la cobertura del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) se limitaba exclusivamente a los ocupantes del vehículo asegurado y a los peatones afectados, o si también debió extenderse a terceros que se...

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Detalles Bibliográficos
Autores: Muñoz Cruz, Francia Daniella, Peñafiel Rivera, Flavia Angela De La Gracia
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2024
Institución:Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas
Repositorio:UPC-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorioacademico.upc.edu.pe:10757/683605
Enlace del recurso:http://hdl.handle.net/10757/683605
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Cobertura del SOAT
Protección al consumidor
Derecho a la vida
Terceros no ocupantes
Accidentes de tránsitos
SOAT coverage
Consumer protection
Right to life
Non-occupant third parties
Traffic accidents
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00
Descripción
Sumario:El Trabajo de Suficiencia Profesional analizó la Casación N° 29264-2018, que cuestionó si la cobertura del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) se limitaba exclusivamente a los ocupantes del vehículo asegurado y a los peatones afectados, o si también debió extenderse a terceros que se encontraban en el vehículo no asegurado involucrados en el accidente. La postura adoptada por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) señaló que el SOAT debió cubrir a los terceros ocupantes del vehículo no asegurado; mientras que, Mapfre Perú Compañía de Seguros y Reaseguros S.A. sostuvo que tales terceros no debieron ser considerados beneficiarios de la cobertura, al haberse encontrado en un vehículo que no contrató la póliza. En dicha controversia, el Órgano Colegiado determinó que el artículo 17° del TUO del Reglamento de SOAT debió interpretarse considerando que la misma normativa reconocía el derecho de reembolso para la aseguradora que cubrió a los terceros ocupantes del vehículo sin SOAT, evidenciando que dichos casos estaban incluidos en la normativa. Adicionalmente, destacó que el propósito del seguro siempre fue brindar protección a las víctimas de accidentes de tránsito, sin importar si el vehículo estaba asegurado. De la doctrina, jurisprudencia y normativa consultada se coincide con el fallo emitido, pues la protección a la vida, como derecho fundamental, debe prevalecer sobre los intereses económicos de la compañía de seguros y reaseguros Mapfre.
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