Aplicación del proceso especial de Terminación Anticipada en la etapa intermedia del nuevo Proceso Penal: Años 2013 - 2017
Descripción del Articulo
Las conductas que no se adecuan al orden social se encuentran contempladas en el ordenamiento penal como delitos, siendo que por tal motivo se realiza la investigación por parte del Ministerio Público en lo que conocemos la etapa de investigación preliminar o etapa preparatoria del proceso penal, si...
| Autor: | |
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| Formato: | tesis de maestría |
| Fecha de Publicación: | 2018 |
| Institución: | Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo |
| Repositorio: | UNPRG-Institucional |
| Lenguaje: | español |
| OAI Identifier: | oai:repositorio.unprg.edu.pe:20.500.12893/10300 |
| Enlace del recurso: | https://hdl.handle.net/20.500.12893/10300 |
| Nivel de acceso: | acceso abierto |
| Materia: | Celeridad Procesal Control de la acusación Economía procesal http://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.02 |
| Sumario: | Las conductas que no se adecuan al orden social se encuentran contempladas en el ordenamiento penal como delitos, siendo que por tal motivo se realiza la investigación por parte del Ministerio Público en lo que conocemos la etapa de investigación preliminar o etapa preparatoria del proceso penal, siendo que si el fiscal reúne todos los elementos de convicción formula denuncia, caso contrario sobresee la investigación, pasando luego a la etapa intermedia en donde se realiza el control de la acusación, es decir es el filtro para que la acusación pase a la última etapa de juzgamiento o juicio oral, la misma que concluye con la emisión de la sentencia. Es pues en la etapa de Investigación preparatoria y hasta antes de la emisión del auto de acusación emitida por el fiscal es que se encuentra normado que el proceso especial de terminación anticipada puede aplicarse, pero de la práctica se desprende que su aplicación debería extenderse a la etapa intermedia, precisamente en el control de acusación, permitiéndose la simplificación procesal y evitando que el proceso llegue a la etapa de juzgamiento a través del principio de consenso entre las partes procesales, el principio de legalidad procesal, el principio de economía procesal y el principio de celeridad procesal. Y en mérito de ello resulten beneficiados sujetos en delitos de escasa gravedad, logrando consecuentemente la reducción de la población carcelaria, reduciendo o atenuando en algo el problema del hacinamiento de los establecimientos carcelarios. |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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