Regulación legislativa del régimen de separación de patrimonios en los concubinos en el Código Civil Peruano de 1984

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El trabajo de investigación que presentamos, titulado “Regulación legislativa del régimen de separación de patrimonios en los concubinos en el código civil peruano de 1984” versa sobre una problemática que ha sido, de alguna manera, tocada solo a nivel solo doctrinario; hasta que no hace mucho se em...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Chiroque Castillo, Arianna Haydee
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2021
Institución:Universidad Privada Antenor Orrego
Repositorio:UPAO-Tesis
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.upao.edu.pe:20.500.12759/7691
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12759/7691
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Regulación legislativa
Régimen de separación de patrimonios
Concubinato
Código Civil Peruano de 1984
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00
Descripción
Sumario:El trabajo de investigación que presentamos, titulado “Regulación legislativa del régimen de separación de patrimonios en los concubinos en el código civil peruano de 1984” versa sobre una problemática que ha sido, de alguna manera, tocada solo a nivel solo doctrinario; hasta que no hace mucho se emitiera la Resolución N.° 993-2019-SUNARP-TR-T; ahora, qué de novedoso tiene esta resolución registral; pues, dicho pronunciamiento fue el que, por primera vez, en nuestro país, abordó el tema que ahora trabajamos a nivel casuístico; pues, fue esta la abrió la brecha para que los concubinos puedan inscribir la modificación de su régimen patrimonial, de uno de sociedad de gananciales a un régimen distinto, como el de separación de patrimonios, lo que llevaría a sostener que el tema que hoy traemos a colación resulta de bastante interés para nuestro Derecho nacional. Cabe precisar que, en la resolución arriba señalada, el Tribunal registral señaló textualmente que: “(…) tanto la Constitución Política del Perú, el Código Civil, TUO de la SUNARP, y el Reglamento de Predios, no impiden ni limitan la inscripción solicitada. (…), debiendo aplicar la analogía en los actos de disposición de los interesados (sustitución de régimen patrimonial, analogía matrimonio/unión de hecho), (…), existiendo una vulneración al derecho de elección y de la autonomía de la voluntad, al restringirse este derecho para la unión de hecho, siendo esta también una institución de familia protegida bajo todo el amparo de la Constitución”. Por ello es que en la presente tesis nos hemos planteado como problema de investigación si es que ¿Existe posibilidad jurídica que los concubinos puedan elegir un régimen de separación de patrimonios, en el ordenamiento jurídico peruano?, planteándonos como hipótesis que Sí es posible, ya que la redacción del artículo 326 del código civil y el artículo 5 de la Constitución para nada impiden expresamente dicha posibilidad, además teniendo en cuenta que los concubinos ya gozan de diversos derechos similares a los de un matrimonio, nada obsta para que también se les conceda dicha posibilidad, además, teniendo en cuenta que ya existe un precedente registral.
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