El derecho de opción de los concubinos de optar por el régimen de separación de patrimonios, Trujillo 2019

Descripción del Articulo

La investigación analiza y explica lo expuesto en el artículo 326 del Código Civil (en adelante CC) de 1984, sobre el concubinato, el cual origina, al igual que en el matrimonio, un régimen económico, pero, a diferencia del matrimonio, que tiene dos regímenes económicos, el concubinato sólo tiene un...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Córdova Rivera, Johaly Cristina
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2025
Institución:Universidad Nacional Federico Villarreal
Repositorio:UNFV-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.unfv.edu.pe:20.500.13084/10959
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.13084/10959
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Procesos jurídicos y resolución de conflictos
Concubinato
Régimen económico
Régimen de separación de patrimonio
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00
Descripción
Sumario:La investigación analiza y explica lo expuesto en el artículo 326 del Código Civil (en adelante CC) de 1984, sobre el concubinato, el cual origina, al igual que en el matrimonio, un régimen económico, pero, a diferencia del matrimonio, que tiene dos regímenes económicos, el concubinato sólo tiene uno, el de la sociedad de bienes, que se impone a los concubinos como régimen único y forzoso, sin posibilidad, como señala la propia norma (artículo 326), que los concubinos puedan optar por el régimen de separación de patrimonio. El objetivo de la investigación es analizar si el régimen único y forzoso, que se les impone a las uniones de hecho, respecto de su patrimonio concubinario afecta los principios constitucionales que regulan la institución del concubinato, regulado en la Constitución desde 1979 y, asimismo, establecer si el tratamiento del régimen económico del matrimonio es similar al concubinato. Se aplicó la investigación básica con enfoque cualitativo, carácter descriptivo y que sigue los paradigmas naturalista e interpretativo. Respecto a los resultados y conclusiones, estos apuntan que el artículo 326 del CC (1984) estaría atentando contra la libre elección consagrado en la Constitución Política del Perú de 1993, asimismo, estaría fomentando la discriminación, la desigualdad de trato respecto de un tipo de familia, la construida sobre la base de la unión de hecho y finalmente, estaría contradiciendo la Constitución de 1993 sobre el deber de garantía.
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