El quantum indemnizatorio en el daño moral y la prueba que lo sustenta en la jurisprudencia peruana

Descripción del Articulo

La presente tesis está justificada en la necesidad de diálogo entre el derecho privado y las reglas del proceso que se encuentran plasmado en las normas procesales. Muchos de los problemas que han ido in creciendo en la judicatura se deben quizás a un no consenso por parte de la doctrina sobre deter...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Tapia Cornejo, Bruno Alonso Samuel
Formato: tesis de maestría
Fecha de Publicación:2021
Institución:Universidad Nacional Mayor de San Marcos
Repositorio:UNMSM-Tesis
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:cybertesis.unmsm.edu.pe:20.500.12672/17745
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12672/17745
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Daños y perjuicios - Perú
Reparación (Derecho) - Perú
Jurisprudencia - Perú
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:La presente tesis está justificada en la necesidad de diálogo entre el derecho privado y las reglas del proceso que se encuentran plasmado en las normas procesales. Muchos de los problemas que han ido in creciendo en la judicatura se deben quizás a un no consenso por parte de la doctrina sobre determinados conceptos del derecho sustantivo y su necesaria vinculación con el derecho procesal. Por ello es necesario analizar la doctrina sobre el daño moral. Asimismo, ver cuáles de estas son o no recogidas en resoluciones a nivel de Corte Suprema. Adicionalmente, debatir sobre la coherencia entre una delimitación conceptual sobre el daño moral y su necesidad para lograr uno de los fines del proceso: la verdad. Por otro lado, es necesario analizar los medios de prueba que se han utilizado en la jurisprudencia y determinar el idóneo para solicitar el daño moral. Además, veremos si es necesario tener los dos conceptos (daño moral y daño a la persona) en el Código Civil, esto siempre teniendo presente que prueban en el ámbito de la judicatura las partes y que dan por probado los órganos jurisdiccionales. Por último, creemos que existe la necesidad de establecer la diferencia entre tres palabras claves en los procesos de daños y perjuicios: indemnización-reparar, resarcir y compensación. Esta acción nos llevará a determinar si es que acaso pueden usarse de manera indistinta o es que están definidos para un perjuicio en particular.
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