Los Non-Fungible Tokens que "representan" obras de arte digital en el ecosistema de Ethereum: implicancias jurídicas en derecho de autor y en derecho tributario con motivo de su acuñación y transferencia
Descripción del Articulo
        La presente investigación tiene por objetivo analizar las implicancias en derecho de autor y en derecho tributario de la acuñación y transferencia de los Non-Fungible Tokens (NFT) que “representan” obras de arte digital en el ecosistema de Ethereum. Para ello, y como punto de partida, se analizaron...
              
            
    
                        | Autores: | , | 
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| Formato: | tesis de grado | 
| Fecha de Publicación: | 2023 | 
| Institución: | Universidad de Piura | 
| Repositorio: | UDEP-Institucional | 
| Lenguaje: | español | 
| OAI Identifier: | oai:pirhua.udep.edu.pe:11042/6265 | 
| Enlace del recurso: | https://hdl.handle.net/11042/6265 | 
| Nivel de acceso: | acceso abierto | 
| Materia: | Derechos de autor -- Aspectos jurídicos Derecho fiscal -- Aspectos jurídicos Arte digital -- Aspectos jurídicos Transferencia electrónica de fondos bancarios -- Aspectos jurídicos D344.7 https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01 | 
| Sumario: | La presente investigación tiene por objetivo analizar las implicancias en derecho de autor y en derecho tributario de la acuñación y transferencia de los Non-Fungible Tokens (NFT) que “representan” obras de arte digital en el ecosistema de Ethereum. Para ello, y como punto de partida, se analizaron los orígenes de los NFT. En segundo lugar, se evaluaron las consideraciones técnicas de los NFT. Como tercer punto, se analizó la dimensión jurídica general de los NFT. En cuarto lugar, se analizó la aplicación del derecho de autor a los NFT. Finalmente, se analizó la dimensión tributaria de los NFT; a través de dicha sección se pudo concluir que, con relación al impuesto a la renta, la acuñación no es una operación gravada, que las transferencias realizadas por los acuñadores generarían una renta de carácter empresarial, y que las transferencias realizadas por los adquirentes del NFT podrían generar una ganancia de capital. Con relación al impuesto general a las ventas, se pudo concluir que la acuñación no es una operación gravada, y que las transferencias realizadas por los acuñadores y por los adquirentes pueden encajar en las hipótesis de incidencia de venta de bienes muebles o de importación de intangibles. | 
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 Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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