La facultad discrecional del juez en la tasación de oficio y la vulneración al principio de doble instancia – Trujillo
Descripción del Articulo
La presente tesis tiene como ODS, salvaguardar el derecho fundamental al acceso de la doble instancia y la debida motivación de las resoluciones, eliminando así arbitrariedades que se pudieren cometer al amparo del art. 729 del código procesal civil. El objetivo general fue: determinar la manera en...
| Autor: | |
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| Formato: | tesis de grado |
| Fecha de Publicación: | 2024 |
| Institución: | Universidad Cesar Vallejo |
| Repositorio: | UCV-Institucional |
| Lenguaje: | español |
| OAI Identifier: | oai:repositorio.ucv.edu.pe:20.500.12692/166661 |
| Enlace del recurso: | https://hdl.handle.net/20.500.12692/166661 |
| Nivel de acceso: | acceso abierto |
| Materia: | Legislación Derechos civiles Formulación de Políticas https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01 |
| Sumario: | La presente tesis tiene como ODS, salvaguardar el derecho fundamental al acceso de la doble instancia y la debida motivación de las resoluciones, eliminando así arbitrariedades que se pudieren cometer al amparo del art. 729 del código procesal civil. El objetivo general fue: determinar la manera en que el uso de la facultad discrecional en la tasación de oficio, vulnera el principio de pluralidad de instancias en los procesos de ejecución de garantías; a través de la descripción del contenido protegido del principio de pluralidad de instancias consagrado en el artículo X del Título Preliminar del Código Procesal Civil; y la revisión de legislación; contrastándolas con las resoluciones judiciales de la materia. Además el planteamiento metodológico se realizó a través del enfoque cualitativo usando la técnica del análisis documental, compilando aportes doctrinarios y legislación por medio de la guía de análisis documental. En cuanto a los resultados, se arribó a que en varios de los países revisados, no se contempla el uso de la facultad discrecional; salvo en Perú y Bolivia, en esta última si es impugnable. Finalmente, se concluyó que la facultad discrecional si vulnera el principio de pluralidad de instancias, dado que la decisión tiene calidad de inimpugnable. |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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