Criterios jurídicos para la configuración de los actos de hostilidad laboral para su equiparación como despido indirecto en las relaciones laborales en el Perú
Descripción del Articulo
El propósito fundamental de la investigación fue determinar los criterios jurídicos que se deben tomar en cuenta para la configuración de los actos de hostilidad laboral para su equiparación como despido indirecto en las relaciones laborales en el Perú; para lo cual se realizó una investigación jurí...
Autor: | |
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Formato: | tesis de maestría |
Fecha de Publicación: | 2018 |
Institución: | Universidad Nacional Santiago Antúnez de Mayolo |
Repositorio: | UNASAM-Institucional |
Lenguaje: | español |
OAI Identifier: | oai:172.16.0.151:UNASAM/2755 |
Enlace del recurso: | http://repositorio.unasam.edu.pe/handle/UNASAM/2755 |
Nivel de acceso: | acceso abierto |
Materia: | Hostilidad laboral Despido indirecto Relaciones laborales Derechos laborales |
Sumario: | El propósito fundamental de la investigación fue determinar los criterios jurídicos que se deben tomar en cuenta para la configuración de los actos de hostilidad laboral para su equiparación como despido indirecto en las relaciones laborales en el Perú; para lo cual se realizó una investigación jurídica de tipo dogmático -normativateórica- y por su naturaleza fue cualitativa; se empleó la técnica documental y análisis de contenido para la elaboración del marco teórico y en la discusión la teoría de triangulación de teorías y la argumentación jurídica. La investigación demostró que existen argumentos para demostrar que, el acoso laboral no se trata de sentirnos presionados, del estrés que conlleva las actividades propias del empleo sino que nos lleva a decir que se trata de sistemáticos hostigamientos a través de conductas vulnerantes, ofensivas, agresivas; que generan en la persona un deterioro en sus actividades laborales como en su ser físico y psicológico por lo reiterado de las actitudes hostiles, humillantes que atentan contra su dignidad humana. Asimismo, si bien el Decreto Supremo Nº 003-97-TR no califica el acto de hostilidad como grave, sin embargo, la equiparación de sus efectos al despido no dejar lugar a duda sobre la trascendencia que dicho acto debe alcanzar para justificar la decisión del trabajador de extinguir el contrato de trabajo |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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