La importancia del elemento conceptual de un signo distintivo para determinar el riesgo de confusión
Descripción del Articulo
La presente investigación versa sobre la Casación N° 26544-2019, la cual revierte los fundamentos expuestos tanto por la Dirección de Signos Distintivos (DSD) como el Tribunal de Propiedad Intelectual (TPI) de INDECOPI ante la negativa de la solicitud de registro del signo distintivo “SUEÑO DE ANGEL...
Autores: | , |
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Formato: | tesis de grado |
Fecha de Publicación: | 2023 |
Institución: | Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas |
Repositorio: | UPC-Institucional |
Lenguaje: | español |
OAI Identifier: | oai:repositorioacademico.upc.edu.pe:10757/670176 |
Enlace del recurso: | http://hdl.handle.net/10757/670176 |
Nivel de acceso: | acceso abierto |
Materia: | Signos distintivos Marcas Riesgo de confusión Examen Comparativo Semejanza Conceptual Consumidor promedio INDECOPI Corte Suprema de Justicia de la República Distinctive signs Trademarks Risk of confusion Comparative Examination Conceptual Similarity Average Consumer Supreme Court of Justice of the Republic https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01 https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00 |
Sumario: | La presente investigación versa sobre la Casación N° 26544-2019, la cual revierte los fundamentos expuestos tanto por la Dirección de Signos Distintivos (DSD) como el Tribunal de Propiedad Intelectual (TPI) de INDECOPI ante la negativa de la solicitud de registro del signo distintivo “SUEÑO DE ANGEL”. La controversia se basa sobre la interpretación de los criterios establecidos en el Decreto Legislativo N° 1075, el cual se indican los elementos a tomar en cuenta para determinar la semejanza que puede existir entre dos signos distintivos capaces de confundir al consumidor. Ante la negativa de la DSD y el TPI que deniegan el registro del signo distintivo solicitado como marca de producto, en tanto consideran que sí existía un riesgo de confusión, la solicitante interpone una demanda Contencioso-Administrativo con la finalidad que esta decisión se revierta. El presente estudio se basa en jurisprudencia, doctrina y normativa para concluir que la Corte Suprema de Justicia de la República interpretó de una manera incorrecta lo regulado en el artículo 45 del Decreto Legislativo N° 1075. Asimismo, permitió establecer la importancia del elemento denominado “semejanza conceptual" desde la perspectiva del consumidor. |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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