Vulneración del Derecho a la Igualdad por la Asignación Automática del Orden de Apellidos: Caso N.º 02695-2021-PA/TC
Descripción del Articulo
Este trabajo aborda la posible vulneración al derecho a la igualdad y al derecho a la identidad por la aplicación automática del artículo 20 del Código Civil, que otorga preferencia al apellido paterno en el registro de los hijos. A partir del análisis del Caso N.º 02695-2021-PA/TC, resuelto por el...
Autores: | , |
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Formato: | tesis de grado |
Fecha de Publicación: | 2025 |
Institución: | Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas |
Repositorio: | UPC-Institucional |
Lenguaje: | español |
OAI Identifier: | oai:repositorioacademico.upc.edu.pe:10757/686436 |
Enlace del recurso: | http://hdl.handle.net/10757/686436 |
Nivel de acceso: | acceso abierto |
Materia: | Igualdad Identidad Orden de apellidos Género Tribunal Constitucional Equality Identity Surname order Gender Constitutional Court https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00 https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01 |
Sumario: | Este trabajo aborda la posible vulneración al derecho a la igualdad y al derecho a la identidad por la aplicación automática del artículo 20 del Código Civil, que otorga preferencia al apellido paterno en el registro de los hijos. A partir del análisis del Caso N.º 02695-2021-PA/TC, resuelto por el Tribunal Constitucional, se examina si esta práctica constituye una forma de discriminación estructural basada en género y afecta el desarrollo de una identidad libre de estereotipos. En el Capítulo I se exponen los hechos del caso, las decisiones judiciales en sus distintas etapas y los fundamentos jurídicos del Tribunal, incluyendo votos singulares. El Capítulo II desarrolla el marco conceptual, abordando el derecho a la igualdad, el derecho a la identidad, la interpretación constitucional del artículo 20, el derecho comparado y el rol del RENIEC. Finalmente, en el capítulo III, tras analizar el caso, la doctrina y la normativa vigente, se concluye que existió una vulneración al derecho a la identidad y a la igualdad parental debido a la aplicación automática del artículo 20 por parte del RENIEC, que impuso el apellido paterno sin considerar la voluntad conjunta de los padres. El Tribunal Constitucional reconoce el derecho de los progenitores a decidir el orden de los apellidos, en respeto al interés superior del menor. Por ello, se resalta la necesidad de promover un mayor conocimiento y difusión de este derecho entre la sociedad y los funcionarios registrales, para garantizar una efectiva protección de la igualdad de género y la identidad desde el nacimiento. |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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