Análisis de la Sentencia Nº 05134-2022: La Evaluación Médica para el Acceso a la Pensión de Invalidez por Enfermedad Profesional
Descripción del Articulo
El presente trabajo tiene como finalidad efectuar el análisis de la Sentencia Nº 313/2023 del Tribunal Constitucional, correspondiente al Expediente Nº 05134-2022-PA/TC, que estimó procedente la acción de amparo presentada por Feliciano Osores Dávila. Esta acción fue interpuesta contra la resolución...
Autores: | , |
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Formato: | tesis de grado |
Fecha de Publicación: | 2025 |
Institución: | Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas |
Repositorio: | UPC-Institucional |
Lenguaje: | español |
OAI Identifier: | oai:repositorioacademico.upc.edu.pe:10757/686424 |
Enlace del recurso: | http://hdl.handle.net/10757/686424 |
Nivel de acceso: | acceso abierto |
Materia: | Pensión de invalidez Enfermedad profesional Comisiones médicas Regla sustancial Ley Nº 26790 Decreto Ley Nº 18846 Disability pension Occupational disease Medical commissions Substantive rule Law No. 26790 Legislative Decree No. 18846 https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00 https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01 |
Sumario: | El presente trabajo tiene como finalidad efectuar el análisis de la Sentencia Nº 313/2023 del Tribunal Constitucional, correspondiente al Expediente Nº 05134-2022-PA/TC, que estimó procedente la acción de amparo presentada por Feliciano Osores Dávila. Esta acción fue interpuesta contra la resolución emitida por la Sala Civil Permanente de Huancayo el 26 de septiembre de 2022, la cual declaró improcedente su demanda. La sentencia establece nuevas reglas para reconocer prestaciones vitalicias por enfermedad laboral profesional conforme al Decreto Ley Nº 18846 y pensiones de invalidez según la Ley Nº 26790, dejando sin efecto el precedente vinculante del Expediente Nº 00799-2014-PA/TC, conocido como “Caso Flores Cayo”. El objetivo del trabajo, se desarrollará con el razonamiento del Tribunal Constitucional y de la normativa aplicable, analizando temas como la enfermedad de neumoconiosis, el derecho a la pensión por invalidez a causa de la enfermedad profesional, la administración de la salud pública, las Comisiones Médicas Calificadoras de Incapacidad (en adelante CMCI) del Ministerio de Salud y Essalud, y las legislaciones que regulan el otorgamiento de pensiones. Se concluye que, el acceso a una adecuada evaluación médica por parte de dichas comisiones es crucial para garantizar el otorgamiento de pensiones por invalidez. Asimismo, se resalta la importancia de que el criterio médico incluya no solo a especialistas, sino también a personal técnico como radiólogos, para asegurar precisión en los diagnósticos y fortalecer el vínculo causal entre la enfermedad y las labores del trabajador, conforme a la normativa vigente en el Perú. |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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