Acuerdo Plenario N°03-2023/CIJ-112
Descripción del Articulo
El Acuerdo Plenario N°03-2023/CIJ-112, aborda el control de admisión de medios de prueba durante la etapa intermedia del proceso penal. Este acuerdo tiene como objetivo uniformizar criterios para evitar que la admisión de pruebas genere dilaciones innecesarias en los juicios y garantizar que solo se...
Autores: | , |
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Formato: | tesis de grado |
Fecha de Publicación: | 2024 |
Institución: | Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas |
Repositorio: | UPC-Institucional |
Lenguaje: | español |
OAI Identifier: | oai:repositorioacademico.upc.edu.pe:10757/683489 |
Enlace del recurso: | http://hdl.handle.net/10757/683489 |
Nivel de acceso: | acceso abierto |
Materia: | Acuerdo plenario medios de prueba eficiencia celeridad juez https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01 https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00 |
Sumario: | El Acuerdo Plenario N°03-2023/CIJ-112, aborda el control de admisión de medios de prueba durante la etapa intermedia del proceso penal. Este acuerdo tiene como objetivo uniformizar criterios para evitar que la admisión de pruebas genere dilaciones innecesarias en los juicios y garantizar que solo se acepten aquellas pruebas pertinentes (estas deben estar relacionadas de manera directa con los hechos que se debaten en el proceso), útiles (las pruebas deben tener la capacidad de aportar información valiosa para la resolución del caso) y conducentes (las pruebas no deben estar prohibidas por ley, ni vulnerar derechos fundamentales) para el desarrollo del caso, para así asegurar la eficiencia y la celeridad del sistema judicial, particularmente en casos complejos, como aquellos que involucran organizaciones criminales. El Acuerdo también enfatiza que el juez tiene la facultad de rechazar pruebas que sean impertinentes, inútiles o sobreabundantes, así como aquellas cuya obtención sea ilícita o cuya validez no pueda ser comprobada. Otro aspecto importante es la posibilidad de que las partes presenten objeciones a las pruebas ofrecidas por la contraparte, lo cual debe ser resuelto de manera ágil por el juez. Asimismo, se establece que el juez puede organizar la audiencia según el tipo de pruebas y los temas debatidos, con el fin de asegurar un proceso más dinámico y eficiente |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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