Principio de primacía de la realidad en el marco legal de la tercerización
Descripción del Articulo
La presente investigación se enfocó en el análisis de la Casación N.º 33874-2019, interpuesta por Leoncio Alania, trabajador subcontratado, en contra de las codemandadas Sociedad Minera Austria Duvaz, empresa principal, y Cuprita JP, tercerizadora; en relación a un caso de tercerización laboral. De...
Autores: | , |
---|---|
Formato: | tesis de grado |
Fecha de Publicación: | 2024 |
Institución: | Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas |
Repositorio: | UPC-Institucional |
Lenguaje: | español |
OAI Identifier: | oai:repositorioacademico.upc.edu.pe:10757/675009 |
Enlace del recurso: | http://hdl.handle.net/10757/675009 |
Nivel de acceso: | acceso abierto |
Materia: | Tercerización Autonomía empresarial Primacía de la realidad Subordinación Outsourcing Business autonomy Primacy of reality Subordination https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01 https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00 |
Sumario: | La presente investigación se enfocó en el análisis de la Casación N.º 33874-2019, interpuesta por Leoncio Alania, trabajador subcontratado, en contra de las codemandadas Sociedad Minera Austria Duvaz, empresa principal, y Cuprita JP, tercerizadora; en relación a un caso de tercerización laboral. De ello se desprendió que, la casación desarrolló un análisis de la tercerización como la subcontratación de empresas que desarrollan actividades especializadas, haciéndose cargo de los servicios prestados por su propia cuenta, riesgo, recursos y responsabilidad por los resultados del objetivo y de sus trabajadores. En ese sentido, se advirtió que dichos requisitos fueron afectados por indicios que advertían la falta de independencia de la tercerizadora respecto de la principal; como la dotación de útiles, elementos de seguridad, capacitaciones, permisos para acceder a las maquinarias y a las instalaciones de la principal, entre otros que sugerían una carente autosuficiencia de la tercerizadora; lo que conllevó a la sala a determinar la existencia de subordinación entre los trabajadores subcontratados, así como la desnaturalización del contrato de tercerización celebrado entre las codemandadas. Finalmente, de acuerdo al análisis de la jurisprudencia, normativa y doctrina consultada, se puede concluir que, el principio de primacía de la realidad debe observarse para el análisis de la autonomía de las empresas como elemento determinante en la tercerización, lo cual se evidencia en el estudio de los requisitos de la subcontratación bajo los criterios de la autonomía empresarial, donde se analizó no solo lo contenido en la documentación sino también los hechos suscitados en la realidad. |
---|
Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).