Análisis jurídico de la Casación N° 21186-2019: Efectos de la desnaturalización en la locación de servicios

Descripción del Articulo

Este informe se elabora a partir del análisis de la sentencia relacionada con la Casación Nro. 21186-2019, que aborda el caso de Flor de María Mejía Chinchay. En esta sentencia, se determinó que su relación laboral se inició el 1 de marzo de 2015, reconociéndola como trabajadora bajo el régimen del...

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Detalles Bibliográficos
Autores: Soto Herrera, Claudio Renato, Vasquez Gonzales, Anayeli
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2024
Institución:Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas
Repositorio:UPC-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorioacademico.upc.edu.pe:10757/683580
Enlace del recurso:http://hdl.handle.net/10757/683580
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Desnaturalización
Precedente
Derecho laboral
Contrato de locación de servicios
Reinstalación
Denaturalization
Precedent
Labor law
Service lease agreement
Reinstatement
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00
Descripción
Sumario:Este informe se elabora a partir del análisis de la sentencia relacionada con la Casación Nro. 21186-2019, que aborda el caso de Flor de María Mejía Chinchay. En esta sentencia, se determinó que su relación laboral se inició el 1 de marzo de 2015, reconociéndola como trabajadora bajo el régimen del Decreto Legislativo N° 276 y la Ley N° 24041, aunque se le negó el acceso a la carrera administrativa. La Sala Superior confirmó esta decisión el 13 de junio de 2019, señalando que la demandante había sido contratada desde marzo de 2015 hasta abril de 2018 bajo una modalidad de locación de servicios, desempeñando funciones permanentes. Este contexto llevó a la desnaturalización de los contratos y al reconocimiento formal de su vínculo laboral. El objetivo del presente trabajo es realizar el análisis de la casación, la cual radica en su implicancia sobre la interpretación y aplicación de las normativas laborales en situaciones donde los contratos son utilizados inapropiadamente para encubrir relaciones laborales permanentes. La decisión judicial subraya la necesidad de respetar el principio de primacía de la realidad, que establece que lo que realmente importa es la naturaleza efectiva del vínculo laboral, más allá de la forma contractual utilizada. Para llevar a cabo el presente análisis, fueron consultadas fuentes jurídicas, científicas y académicas, las cuales nos permitieron analizar la postura del legislador, los votos singulares, dado que la reinstalación laboral era inminente, no solo por la desnaturalización de esta, sino también por la violación de los derechos constitucionales mencionados.
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