Modificación de la ley 30096 para incorporar los delitos de phishing, pharming y carding como delitos penalizables con prisión, para reducir la ciberdelincuencia, Lima 2019
Descripción del Articulo
La presente investigación tiene como objetivo principal justificar por qué los delitos de Phishing, Pharming y Carding deben ser incorporados a la Ley N°30096 como delitos penalizables con penas privativas de la libertad, para ello debe tenerse en consideración que investigar el delito desde cualqui...
Autor: | |
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Formato: | tesis de grado |
Fecha de Publicación: | 2021 |
Institución: | Universidad Señor de Sipan |
Repositorio: | USS-Institucional |
Lenguaje: | español |
OAI Identifier: | oai:repositorio.uss.edu.pe:20.500.12802/8345 |
Enlace del recurso: | https://hdl.handle.net/20.500.12802/8345 |
Nivel de acceso: | acceso abierto |
Materia: | Carding Ciberdelito Fraude Pharming Phishing Sistema de Información Tipificación Tráfico de datos http://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01 |
Sumario: | La presente investigación tiene como objetivo principal justificar por qué los delitos de Phishing, Pharming y Carding deben ser incorporados a la Ley N°30096 como delitos penalizables con penas privativas de la libertad, para ello debe tenerse en consideración que investigar el delito desde cualquier ámbito es hoy en día una actividad muy compleja. Actualmente el auge de la cibercriminalidad va en aumento, generando los llamados delitos informáticos ya que para su consumación se requiere emplear medios electrónicos, ejemplo de estos delitos son: el hacking, propaganda maliciosa de un virus, pornografía infantil y agresión a proveedores de Internet son los delitos informáticos más y más comunes en nuestro país. Por ello, el Parlamento Peruano promulgó la Ley N°30096, denominada Ley de Delitos Informáticos, modificada posteriormente por la Ley N°30171, la misma que describe que, con tan solo tener acceso a Internet, muchos de los usuarios están expuestos a una cadena de delitos que se cometen incorporando las nuevas tecnologías y avances digitales, según la ley violando la confidencialidad, integridad y la información; asimismo, la citada norma incorporó una serie de delitos informáticos, dentro de los que se encuentran interceptación de información, suplantación de identidad, entre otros, a estos tipos penales se les establecieron sanciones penales con la finalidad de contrarrestar su consumación, razón por la cual es imprescindible que también se incorporen a esta gama de delitos las modalidades delictivas de Phishing, Pharming y Carding como delitos penalizables con prisión, a fin de reducir la ciberdelincuencia en la ley N°30096. |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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