La ineficacia del sistema penal peruano en los delitos de peligro abstracto de ingreso y posesión de celulares en los establecimientos penitenciarios

Descripción del Articulo

La ineficacia del sistema penal en los delitos de peligro abstracto, comprende un problema que en la actualidad aún no ha sido resuelto, en el presente trabajo de investigación se hace un análisis sobre conceptos jurídicos y normativos de los delitos de ingreso y posesión teléfonos celulares o cualq...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Breña Estrella, Nataly Jimena
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2019
Institución:Universidad de San Martín de Porres
Repositorio:USMP-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.usmp.edu.pe:20.500.12727/4655
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12727/4655
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Sistema penitenciario
Prisiones - Legislación
Derecho penitenciario
Sanciones penales
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:La ineficacia del sistema penal en los delitos de peligro abstracto, comprende un problema que en la actualidad aún no ha sido resuelto, en el presente trabajo de investigación se hace un análisis sobre conceptos jurídicos y normativos de los delitos de ingreso y posesión teléfonos celulares o cualquier medio de comunicación dentro de los establecimientos penitenciarios (artículos 368-A y 368-D del Código Penal), criterios que se toman como base para establecer que el legislador, decidió regular como conductas delictivas ciertos actos preparatorios que deberían tener un carácter impune, toda vez que existe una inadecuada regulación para imputar eficazmente los mismos, pues no hay precisión normativa en la redacción a causa de la técnica legislativa empleada al criminalizarlas como delitos de peligro abstracto, así mismo se hace una crítica severa a la sanción de dichas conductas que ni siquiera llegan a lesionar concretamente el bien jurídico protegido, ya que solo basta que se ponga en peligro o exista la posibilidad de lesionarlo, lo que trajo consigo el adelantamiento de la barrera de punibilidad y la presencia del derecho penal de riesgo, por lo que se necesita utilizar únicamente la sanción administrativa ya existente para estos delitos de bagatela, máxime si estamos hablando de personas que se encuentran recluidas en un establecimiento penitenciario, y la necesidad de instaurar soluciones político criminológicas, pues el derecho penal no resocializa, no reinserta ni rehabilita.
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