La herencia forzosa entre los convivientes : afectación al principio de igualdad y necesidad de modificación a propósito de la vigencia de la Ley No 30007

Descripción del Articulo

Se advierte y cuestiona en el presente trabajo, -cuyo método de investigación es de tipo teórico no experimental y de enfoque predominantemente cualitativo-, la marcada tendencia a la desaparición de las diferencias existentes entre el matrimonio y la convivencia, al extenderse el tratamiento normat...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Olavarría Vivian, Juan Alejandro
Formato: tesis de maestría
Fecha de Publicación:2017
Institución:Universidad de San Martín de Porres
Repositorio:USMP-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.usmp.edu.pe:20.500.12727/3307
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12727/3307
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Convivencia
Igualdad ante la ley
Derecho de familia
Herencia
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:Se advierte y cuestiona en el presente trabajo, -cuyo método de investigación es de tipo teórico no experimental y de enfoque predominantemente cualitativo-, la marcada tendencia a la desaparición de las diferencias existentes entre el matrimonio y la convivencia, al extenderse el tratamiento normativo y jurídico del primero a la segunda, lo que se ha visto reforzado aún más en nuestro país con la promulgación de la Ley N° 30007; siendo que ello resiente el derecho a la igualdad en su sentido negativo o a contrario sensu, aunado a la tendencia también de las personas para optar en forma sesuda por la convivencia prescindiendo del matrimonio como única forma de vivir en pareja y de fundar una familia, de acuerdo a resultados estadísticos. En ese sentido, se parte de considerar y concluir que el derecho a la herencia no es un derecho fundamental de la persona y por tanto el no considerarlo para la convivencia no implicaría una discriminación odiosa que lesione a las personas. Se concluye y propone finalmente que la herencia sea una opción que puedan descartar o elegir los convivientes, según sus intereses, necesidades o motivaciones particulares, planteando así la modificación de la norma y otras sugerencias de cambio al advertirse también en la Ley N° 30007 omisiones respecto del conviviente para las figuras de la desheredación y de la indignidad sucesoria, que no tendrían justificación alguna en preservarse por las soluciones inicuas que podrían derivarse de ello.
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