Análisis constitucional – Iusfilosófico del reconocimiento de convivientes del mismo sexo como deudos del personal de salud
Descripción del Articulo
El matrimonio es una institución natural, regulada en el artículo 4º de nuestra Constitución Política; por otro lado, las uniones de hecho se encuentran amparadas en el artículo 5º del mismo cuerpo normativo. Ambas instituciones tienen algo en común, el vínculo permanente entre un varón y una mujer....
Autor: | |
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Formato: | tesis de grado |
Fecha de Publicación: | 2022 |
Institución: | Universidad Católica Santo Toribio de Mogrovejo |
Repositorio: | USAT-Tesis |
Lenguaje: | español |
OAI Identifier: | oai:tesis.usat.edu.pe:20.500.12423/4673 |
Enlace del recurso: | http://hdl.handle.net/20.500.12423/4673 |
Nivel de acceso: | acceso embargado |
Materia: | Matrimonio Homosexuales Derecho civil http://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01 |
Sumario: | El matrimonio es una institución natural, regulada en el artículo 4º de nuestra Constitución Política; por otro lado, las uniones de hecho se encuentran amparadas en el artículo 5º del mismo cuerpo normativo. Ambas instituciones tienen algo en común, el vínculo permanente entre un varón y una mujer. En ese orden de ideas, es necesario señalar que en el año 2020 se publicó el Decreto Supremo 220-2020-EF por el cual, bajo el argumento de dar protección económica a deudos del personal de salud, se buscó dar beneficios propios de la institución matrimonial con el término “deudos” a una convivencia entre personas del mismo sexo que no poseen la naturaleza matrimonial. En base a lo manifestado, la presente investigación tiene por objetivo analizar la constitucionalidad del Decreto Supremo 220-2020-EF con relación a los deudos con referencia al artículo 5° de la Constitución Política. Para ello es necesario explicar los presupuestos iusfilosóficos y constitucionales de los artículos antes mencionados, estudiando el concepto de familia, convivencia y los efectos jurídicos de la misma; además, se analiza el fundamento iusfilosófico y constitucional que subyace detrás del Decreto Supremo 220-2020-EF, analizando el concepto del deudo en el Perú relacionándose con el deber jurídico de solidaridad. Conviene enfatizar que el presente trabajo de investigación no niega la existencia de derechos patrimoniales en una convivencia entre personas del mismo sexo; sin embargo, debe realizarse bajo otros mecanismos jurídicos, sin debilitar la institución natural del matrimonio. La presente investigación es de tipo cualitativa, descriptiva e interpretativa. |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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