Fundamentos para modificar el artículo 339° del código civil, respecto del plazo de caducidad en los procesos de divorcio por causal de adulterio

Descripción del Articulo

El presente trabajo que se muestra, busca desarrollar y mostrar la existencia de fundamentos para modificar el Artículo N° 339 del Código Civil Peruano Vigente ya que en dicho artículo se encuentra previsto dos plazos regulados para solicitar la caducidad del adulterio, estos son: seis meses de cono...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Ruiz Lopez, Ricardo Paul
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2014
Institución:Universidad Privada Antenor Orrego
Repositorio:UPAO-Tesis
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.upao.edu.pe:20.500.12759/661
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12759/661
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Código Civil
Procesos divorcio
Causal adulterio
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00
Descripción
Sumario:El presente trabajo que se muestra, busca desarrollar y mostrar la existencia de fundamentos para modificar el Artículo N° 339 del Código Civil Peruano Vigente ya que en dicho artículo se encuentra previsto dos plazos regulados para solicitar la caducidad del adulterio, estos son: seis meses de conocida la causa por el ofendido y cinco años de producido el adulterio, haciendo la precisión que el primer plazo forma parte del segundo. Para el desarrollo de dicho tema se ha tomado en consideración, desarrollar nociones previas generales acerca del matrimonio, ya que es el primer paso por el cual dos personas sin un impedimento matrimonial deciden unirse por voluntad propia, con la finalidad de hacer vida en común. Dicho matrimonio se basa en la existencia del consentimiento de las partes. El divorcio, es la siguiente situación jurídica cuando se incumple o se deja de tener la voluntad de seguir haciendo una vida en común por diversas situaciones causales, ya establecidas en el Articulo Nº 333 del Código Civil Peruano, el adulterio es la primera causal prevista en dicho artículo, ya que muestra un impedimento de tener relaciones sexuales entre un hombre y una mujer con alguna imposibilidad de hacer una vida en común, ya que en el caso que el hombre o la mujer ya haya contraído nupcias anteriormente o ambos estén casados y finalmente la caducidad, el cual es entendida como el plazo que concede la ley para hacer valer un derecho reconocido por la norma de carácter forzoso, ya que una vez culminado dicho plazo ocurra lo que ocurra el derecho ya no podrá ser ejercitado, el acto ya no podrá ser ya cumplido y perderá la prerrogativa o la posibilidad que la Ley le concede. Finalmente se muestran ciertas conclusiones arribadas producto de la investigación y se ha planteado ciertas recomendación, a fin de tener bien en claro y re-enmendar el error que se está cometiendo en la interpretación de la figura de la caducidad, respecto del divorcio por la causal de adulterio.
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