Suspensión perfecta en el procedimiento de cese colectivo por causas económicas y la vulneración a los derechos del trabajador.
Descripción del Articulo
La presente investigación tiene por objetivo determinar la forma en que la suspensión perfecta de labores que se otorga de forma automática ante la solicitud del empleador en el procedimiento de cese colectivo por causas económicas vulnera los derechos del trabajador. De esta manera, se analizó la l...
| Autor: | |
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| Formato: | tesis de grado |
| Fecha de Publicación: | 2019 |
| Institución: | Universidad Privada Antenor Orrego |
| Repositorio: | UPAO-Tesis |
| Lenguaje: | español |
| OAI Identifier: | oai:repositorio.upao.edu.pe:20.500.12759/4551 |
| Enlace del recurso: | https://hdl.handle.net/20.500.12759/4551 |
| Nivel de acceso: | acceso abierto |
| Materia: | Cese colectivo Derecho laboral Suspensión perfecta de labores https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00 |
| Sumario: | La presente investigación tiene por objetivo determinar la forma en que la suspensión perfecta de labores que se otorga de forma automática ante la solicitud del empleador en el procedimiento de cese colectivo por causas económicas vulnera los derechos del trabajador. De esta manera, se analizó la legislación laboral vigente, resoluciones administrativas emitidas por el Ministerio de Trabajo, y doctrina sobre la materia; utilizando los métodos de investigación analítico, sintético e inductivo, y métodos jurídicos como el hermenéutico, doctrinario, dialéctico y comparativo. Asimismo, se empleó el fichaje y el análisis de contenido como técnicas de recolección de datos, utilizando la ficha y el protocolo de análisis como instrumentos, respectivamente. - El contenido esencial del derecho del trabajo comprende no sólo la obligación del Estado de facilitar un puesto de trabajo, mediante apropiadas y oportunas políticas económicas y sociales, sino, igualmente, el derecho del trabajador a conservar su puesto de trabajo, salvo que medie una causa o motivo objetivo que justifique su separación. De acuerdo a los resultados la permanencia del trabajador en el empleo implica la enunciación de un principio de estabilidad en el empleo, concretizado, de manera limitada en la imposibilidad de ser despedido sin que concurra una justa causa; asimismo, el cese colectivo por causas económicas es una figura extintiva del vínculo laboral cuyo procedimiento se encuentra respaldado por la legislación laboral vigente, la misma que permite que, aún sin existir pronunciamiento resolutivo de la Autoridad Administrativa de Trabajo (AAT) sobre la existencia real o no de las causas objetivas invocadas por el empleador, se efectivice anticipadamente la suspensión perfecta de labores durante el período que dure el procedimiento, con la sola presentación de la solicitud. En la presente investigación se concluye que la suspensión perfecta de labores que se otorga de forma automática ante la solicitud del empleador en el procedimiento de cese colectivo por causas económicas vulnera los derechos del trabajador en el sentido que dicho mecanismo tiene como fin suspender las obligaciones del empleador para con sus trabajadores atentando contra su estabilidad laboral y su derecho de percibir una remuneración por la prestación de sus servicios, sin que se haya probado plenamente la existencia de la causa objetiva que justifique el cese colectivo.atricia Paredes Patricia Paredes |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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