Incorporacion de la categoria "Playa" comó area natural protegida en el marco legal peruano: analisis desde una perspectiva jurídica

Descripción del Articulo

La investigación aborda la problemática relacionada con la falta de regulación de las playas como áreas naturales protegidas en el artículo 22 de la Ley N.º 26834, conocida como la Ley de Áreas Naturales Protegidas. Esta disposición normativa, que se considera debería ser modificada, motivó la formu...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Guzman Bustamante, Marco Angelo
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2025
Institución:Universidad Privada Antenor Orrego
Repositorio:UPAO-Tesis
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.upao.edu.pe:20.500.12759/82752
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12759/82752
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Playas
Areas Naturales Protegidas
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00
Descripción
Sumario:La investigación aborda la problemática relacionada con la falta de regulación de las playas como áreas naturales protegidas en el artículo 22 de la Ley N.º 26834, conocida como la Ley de Áreas Naturales Protegidas. Esta disposición normativa, que se considera debería ser modificada, motivó la formulación de la siguiente interrogante de investigación: ¿Qué argumentos jurídicos sustentan la incorporación de la categoría playa como área natural protegida en el marco legal peruano? Para el desarrollo del estudio se utilizaron diversos métodos de investigación científica, tanto generales como específicos. A través del método científico, se amplió el conocimiento partiendo de la base existente, empleando métodos particulares, técnicas e instrumentos como la recopilación documental y entrevistas a expertos en distintas áreas, tales como abogados especializados en derecho ambiental, derecho constitucional y fiscales con experiencia en delitos ambientales. De los resultados obtenidos y su discusión, se concluye que la declaración de las playas como áreas naturales protegidas busca garantizar la preservación de los espacios públicos del litoral, que constituyen lugares de recreación y esparcimiento para la población y, al mismo tiempo, albergan flora y fauna propias. Además, cada una de las playas del Perú posee un gran valor paisajístico. En tanto no se reconozca legalmente esta categoría, no será posible proteger ni conservar el ecosistema playa, el cual alberga una gran diversidad de seres biológicos y resulta indispensable para garantizar el derecho constitucional a un ambiente sano. Finalmente, como principal recomendación, se propone una modificación legislativa consistente en agregar una nueva letra denominada (j. playas) al artículo 22, referente a las categorías del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas, de la Ley N.º 26834. Esta inclusión responde a los objetivos previstos en el artículo 2 del mismo cuerpo normativo
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