Exportación Completada — 

Beneficios penitenciarios extramuros y el principio de razonabilidad, en los dictámenes de la Fiscalia Provincial Penal Corporativa de Huánuco, 2021

Descripción del Articulo

La presente investigación trata sobre el estudio de los efectos de la improcedencia de otorgamiento de beneficios penitenciarios extramuros sobre el principio de razonabilidad, ello a partir de la opinión de los abogados encargados de la defensa técnica de sentenciados. Los requisitos para la proced...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Velasquez Boza, Leslie Ipatia
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2024
Institución:Universidad Nacional Hermilio Valdizán
Repositorio:UNHEVAL-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.unheval.edu.pe:20.500.13080/11922
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.13080/11922
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Beneficio penitenciario
Semilibertad,
Liberación condicional
Principio de razonabilidad
Informe técnico penitenciario
Dictamen fiscal
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00
Descripción
Sumario:La presente investigación trata sobre el estudio de los efectos de la improcedencia de otorgamiento de beneficios penitenciarios extramuros sobre el principio de razonabilidad, ello a partir de la opinión de los abogados encargados de la defensa técnica de sentenciados. Los requisitos para la procedencia de estas medidas se encuentran en el artículo 57 del Código de Ejecución Penal, pero, al obtener los resultados, se pudo verificar que las causas de improcedencia varían para cada beneficio. Así, el beneficio de semilibertad se declara improcedente por el hecho de haber pagado solo el mínimo de reparación civil, y a entender de los fiscales, los informes emitidos por los psicólogos y sociólogos no sería suficiente el nivel alto de readaptación; por otro lado, entre las causales de improcedencia que afectan el principio de razonabilidad se relacionan con la existencia de antecedentes penales y judiciales, así como medidas disciplinarias aplicadas a los mismos durante la estancia en el establecimiento penitenciario. No obstante, una condición más que otorgar el artículo 57 es que, la procedencia responde más a cuestiones subjetivas, por lo que el cumplimiento de todos los requisitos no necesariamente significa que procederá la aplicación del beneficio.
Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).