Desarrollo De Resumen De Expediente N° 19579-1999

Descripción del Articulo

El presente trabajo tiene por objetivo el realizar un resumen del Expediente Civil N° 1999-19579-0-0100-j-ci-4 en el cual el 21 de mayo de 1999 Hsues Chyr Liao Liao, representado por su apoderada Yu Se Liao Liao interpone demanda contra Griselda Céspedes Marín Vda. De Gambetta, por “Desalojo por ocu...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Broders Benavente, Ricardo Rodolfo
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2018
Institución:Universidad Peruana de Las Américas
Repositorio:ULASAMERICAS-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:192.168.10.17:upa/369
Enlace del recurso:http://repositorio.ulasamericas.edu.pe/handle/upa/369
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Desalojo
Descripción
Sumario:El presente trabajo tiene por objetivo el realizar un resumen del Expediente Civil N° 1999-19579-0-0100-j-ci-4 en el cual el 21 de mayo de 1999 Hsues Chyr Liao Liao, representado por su apoderada Yu Se Liao Liao interpone demanda contra Griselda Céspedes Marín Vda. De Gambetta, por “Desalojo por ocupante precario”, ante el 21° Juzgado Especial Civil de Lima, a fin de que la demandada desocupe el inmueble de su propiedad, ubicado en la Av. Javier Prado - Oeste N° 2171, 2173 y 2177- San Isidro - Lima. En virtud del proceso ejecutivo de obligación de dar suma de dinero, seguido por Juana Rodríguez Loayza contra Daniel Alejandro Céspedes Marín, el 23 de enero de 1998, en el local del 59avo., se llevó a cabo el “Acto de Remate Público” del inmueble en cuestión; adjudicándoselo Yu Se Liao Liao. Se le expide el auto de adjudicación y se requiere a Daniel Céspedes Marín, su desocupación. Griselda Céspedes Marín Vda. De Gambetta, se apersonó al proceso “Formulando Oposición Al Mandato De Lanzamiento”, alegando ser arrendataria. El 21 de Julio de 1998, el 59° Juzgado Especial Civil de Lima declara infundada la oposición y ordena su desocupación bajo apercibimiento de lanzamiento. Procede a desocupar el inmueble; sin embargo, manifiesta que ha procedido a desocupar el inmueble, pero mantiene la posesión por no haberse dispuesto la entrega. El juzgado procedió a realizar el lanzamiento La demandada, interpone recurso de apelación. La demandada solicita se le restituya la posesión del inmueble, pedido que es aceptado por el juzgado, notificando al demandante la restitución. Se inscribió el inmueble en los registros públicos, a favor del demandante, según ficha registral N° 1677217, levantándose los gravámenes y cargas inscritas, incluidos a favor de la demandada. Habiéndose cumplido con todos los requisitos de Ley, la demanda fue admitida por Resolución de Auto Admisorio. Se corre traslado a la demandada La emplazada contestó la demanda negando y contradiciendo la misma, solicitando se declare improcedente. Se lleva a cabo la audiencia única en la cual se deja constancia de la inasistencia de la parte demandada. Al no haber asistido la parte demandada, no es posible proponer formula conciliatoria alguna. El 21° Juzgado Especial Civil de Lima falla declarando fundada la demanda de desalojo por ocupante precario. La parte demandada interpone recurso de apelación contra la sentencia emitida por el 21° juzgado especializado en lo civil de lima, siendo concedida con efecto suspensivo. Sentencia en 1ra instancia (2do. Grado-sala civil corporativa sub especializada en procesos sumarísimos y no contenciosos de la corte superior de lima) resuelve revoca la sentencia apelada, y reformándola, declararon infundada La demandante interpuso “recurso de casación” contra la resolución expedida por la Sala Civil De La Corte Superior De Lima, La Sala Civil Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República declara procedente el Recurso de Casación interpuesto por la parte demandante, falla: declarando infundado el recurso de casación, condenaron al recurrente al pago de las costas y costos del recurso; así como, a la multa de una unidad de referencia procesal. Mandaron se publique la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”, con algunas deficiencias y controversias entre las instancias, conforme se detalla en el presente trabajo de investigación
Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).