Expediente Civil Desalojo por Ocupante Precario
Descripción del Articulo
El presente trabajo, tiene por objetivo realizar un resumen del expediente civil N° 14022-2003, que tiene relación con la demanda de desalojo por ocupante precario, interpuesta por la empresa Shell Perú S.A., contra de la empresa LUBRICORD E.I.R.L. y Manuel Gustavo Córdova Ardions, para que se le re...
Autor: | |
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Formato: | tesis de grado |
Fecha de Publicación: | 2018 |
Institución: | Universidad Peruana de Las Américas |
Repositorio: | ULASAMERICAS-Institucional |
Lenguaje: | español |
OAI Identifier: | oai:192.168.10.17:upa/262 |
Enlace del recurso: | http://repositorio.ulasamericas.edu.pe/handle/upa/262 |
Nivel de acceso: | acceso abierto |
Materia: | Desalojo |
Sumario: | El presente trabajo, tiene por objetivo realizar un resumen del expediente civil N° 14022-2003, que tiene relación con la demanda de desalojo por ocupante precario, interpuesta por la empresa Shell Perú S.A., contra de la empresa LUBRICORD E.I.R.L. y Manuel Gustavo Córdova Ardions, para que se le restituya el espacio que ocupan del inmueble de su propiedad, ubicado en la Av. Tingo María N° 1172-1194, Chacra Ríos Sur – Cercado de Lima, con la finalidad de constatar si durante su tramitación se realizó un debido proceso o si se incurrió en algunas deficiencias, omisiones, errores o contradicciones entre las instancias. En ese sentido, realizado el análisis del expediente en estudio, se verificó que la demanda se tramitó con fecha 25 de marzo 2003, ante el 24° Juzgado Especializado en lo Civil de Lima, en la vía de proceso sumarísimo, siendo declarada infundada; sin embargo, al ser apelada por la empresa demandante, la Sala Civil de Corte Superior de Lima, al realizar una interpretación errónea del inciso 2 del artículo 1708° del Código Civil, la revocó y reformulándola, declaró fundada la demanda, siendo impugnada el fallo por el representante legal de la empresa demandada mediante recurso de casación, la que fue resuelta por la Sala Civil Transitoria de la Corte Suprema, declarando fundado el recurso de casación, confirmando la sentencia de primera instancia que declaró infundada la demanda, de esta forma, se le dio la razón a la empresa demandada LUBRICORD E.I.R.L., por ocupar legalmente el espacio del inmueble en litigio, que le otorga el contrato de arrendamiento celebrado con su anterior propietario la Sucesión Mario Lercari Fossa y al amparo del inciso 2 del artículo 1708° del Código Civil; por lo tanto, continuaría en la posesión hasta que se resuelva el contrato de arrendamiento con arreglo a Ley; proceso que se tramitó en forma regular conforme a los plazos establecido por el Código Procesal Civil; no obstante, se incurrió en algunas irregularidades, omisiones, errores y contradicciones entre las instancias, conforme se detalla en el presente trabajo. |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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