Expediente Civil N° 952 – 2001 Desalojo Por Ocupante Precario
Descripción del Articulo
El presente trabajo de investigación tiene como objetivo, realizar un resumen del Expediente Civil N° 952-2001, que tiene relación con la demanda de desalojo por ocupante precario, interpuesta por A. Arnaldo Guillermo VELA SOLSOL y Nora Isabel MEDINA GARCIA DE VELA, ante el 1° Juzgado Especializado...
Autor: | |
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Formato: | tesis de grado |
Fecha de Publicación: | 2019 |
Institución: | Universidad Peruana de Las Américas |
Repositorio: | ULASAMERICAS-Institucional |
Lenguaje: | español |
OAI Identifier: | oai:192.168.10.17:upa/506 |
Enlace del recurso: | http://repositorio.ulasamericas.edu.pe/handle/upa/506 |
Nivel de acceso: | acceso abierto |
Materia: | Posesión Legitimidad y Desalojo Precario |
Sumario: | El presente trabajo de investigación tiene como objetivo, realizar un resumen del Expediente Civil N° 952-2001, que tiene relación con la demanda de desalojo por ocupante precario, interpuesta por A. Arnaldo Guillermo VELA SOLSOL y Nora Isabel MEDINA GARCIA DE VELA, ante el 1° Juzgado Especializado en lo Civil de Maynas, contra Griselda Manuela SALDAÑA CERRON y Elsa GARCIA DE FAILOC, para que le restituya el inmueble de su propiedad, ubicado en la Calle Atlántida Lote 32 Mz. F-PPJJ. Santa Rosa de Lima-Maynas, a fin de verificar si durante el trámite judicial se realizó un debido proceso o si se incurrió en algunas deficiencias o contradicciones entre las instancias.” Al respecto, efectuado el análisis del expediente en estudio, se verificó que el trámite del proceso sumarísimo, se inició el 26 de setiembre del 2001, con la postulación de la demanda y terminó el 11 de diciembre del 2002, con el fallo de la Sala Civil Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, que declaró fundado el recurso de casación, proceso que se desarrolló en forma regular, con algunas observaciones, conforme se detalla en el presente trabajo de investigación. Finalmente al término del proceso, la demanda incoada por A. Arnaldo Guillermo VELA SOLSOL y Nora Isabel MEDINA GARCIA DE VELA, fue declarada NULA, la sentencia la Sala Civil Mixta y considerando que el Ad-quem no se pronunció sobre las construcciones en el terreno que eran ocupadas por las demandadas Griselda Manuela SALDAÑA CERRON y Elsa GARCIA DE FAILOC y, que debió ser considerar en la norma contenida en el Art. 912 el Código Civil respecto a la presunción de propiedad y las cargas de la prueba declararon FUNDADO y MANDARON al Ad-quo, expida nueva resolución conforme a lo dispuesto por dicha resolución. |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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