La exclusión del incremento patrimonial no justificado como defraudación tributaria en la consideración del delito fuente de lavado de activos

Descripción del Articulo

La presente investigación tuvo como objetivo general, analizar la determinación y sustentación del Incremento Patrimonial No Justificado a fin de no caer en el delito fuente que presuma Lavado de Activos, abordando la problemática en las situaciones donde el contribuyente presenta deficiencias en la...

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Detalles Bibliográficos
Autores: Jiménez López, Laddy Josselyn, Minaya Huamani, Daniel Paul
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2021
Institución:Universidad Cesar Vallejo
Repositorio:UCV-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.ucv.edu.pe:20.500.12692/77039
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12692/77039
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Lavado de dinero
Impuestos (Derecho tributario) - Perú
Evasión de impuestos - Aspectos legales - Perú
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:La presente investigación tuvo como objetivo general, analizar la determinación y sustentación del Incremento Patrimonial No Justificado a fin de no caer en el delito fuente que presuma Lavado de Activos, abordando la problemática en las situaciones donde el contribuyente presenta deficiencias en la sustentación de bienes y rentas no declaradas, así como la incorrecta calificación por parte de la Administración Tributaria en los casos de presunción de ocultamiento de bienes o rentas derivadas de IPNJ. La metodología empleada es de enfoque cualitativo, de tipo básica y de diseño interpretativo – sociocrítico. Asimismo, se utilizaron técnicas e instrumentos de recolección de datos, tales como la entrevista y el análisis documental. En ese sentido, se concluye que la LIR, así como su reglamento, brindan las herramientas necesarias para la correcta determinación del IPNJ, encontrando limitaciones dadas por el art. 52 de la norma citada, en la libertad de sustentación por parte del contribuyente. Además, se comprobó que el IPNJ, es una figura de naturaleza administrativa – tributaria, de tipo objetivo, que no necesariamente constituye delito tributario como fuente del Lavado de Activos, puesto que, es necesaria la presencia del elemento subjetivo para su configuración.
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