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Prácticas fraudulentas y simulatorias realizada por los empleadores en perjuicio de los derechos laborales, Lima -2020

Descripción del Articulo

La presente investigación se llevó a cabo con el objetivo general de determinar la naturaleza de las prácticas fraudulentas y simulatorias realizadas por empleadores en perjuicio de los derechos laborales, Lima – 2020. Tuvo en enfoque cualitativo, de tipo básica, diseño no experimental y corte trans...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Sosa Tintaya, Jorge Luis
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2020
Institución:Universidad Cesar Vallejo
Repositorio:UCV-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.ucv.edu.pe:20.500.12692/64667
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12692/64667
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Derechos laborales
Fraude
Reforma laboral
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:La presente investigación se llevó a cabo con el objetivo general de determinar la naturaleza de las prácticas fraudulentas y simulatorias realizadas por empleadores en perjuicio de los derechos laborales, Lima – 2020. Tuvo en enfoque cualitativo, de tipo básica, diseño no experimental y corte transversal. La población estuvo constituida por 7 expertos (1 juez y 6 abogados), la muestra fue censal. Utilizó como técnicas de recolección de datos la entrevista y el análisis documental; los instrumentos fueron una guía de entrevista con 16 preguntas y 1 guía de análisis. Los resultados permitieron evidenciar que las prácticas fraudulentas y simulatorias tienen una naturaleza económica como consecuencia de los problemas económicos de los empleadores y la poca implementación de la SUNAFIL. Se concluyó que las prácticas fraudulentas y simulatorias realizadas por empleadores están motivadas a obtener beneficios económicos, valiéndose del uso inadecuado de los contratos sujetos a modalidad, los cuales se encuentran regulados por el Decreto. Legislativo N° 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por D. S. N° 00397-TR, desde el artículo 53° al 76°, de igual manera, en el capítulo VII, artículo 77 inciso d); regula y/o sanciona el fraude y simulación.
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