El pago indemnizatorio en el despido incausado vulnera el derecho a la seguridad social y al sistema pensionario
Descripción del Articulo
El presente trabajo de investigación tuvo como objetivo general determinar el Pago Indemnizatorio en el Despido Incausado vulnera el Derecho a la Seguridad Social y Sistema Pensionario; el tipo de investigación fue cualitativa, con diseño de estudio no experimental, descriptivo transversal basada en...
| Autor: | |
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| Formato: | tesis de grado |
| Fecha de Publicación: | 2020 |
| Institución: | Universidad Cesar Vallejo |
| Repositorio: | UCV-Institucional |
| Lenguaje: | español |
| OAI Identifier: | oai:repositorio.ucv.edu.pe:20.500.12692/50548 |
| Enlace del recurso: | https://hdl.handle.net/20.500.12692/50548 |
| Nivel de acceso: | acceso abierto |
| Materia: | Despido - Derecho y legislación - Perú Indemnización (Derecho del trabajo) - Legislación - Perú Derecho laboral - Legislación - Perú https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01 |
| Sumario: | El presente trabajo de investigación tuvo como objetivo general determinar el Pago Indemnizatorio en el Despido Incausado vulnera el Derecho a la Seguridad Social y Sistema Pensionario; el tipo de investigación fue cualitativa, con diseño de estudio no experimental, descriptivo transversal basada en la Teoría fundamentada; la técnica utilizada fue la entrevista y la revisión documental, los instrumentos son una Guía de entrevista que se aplicó a los participantes especialistas en Derecho Laboral, y una ficha de recolección de datos que se analizaron los expedientes judiciales. Los resultados fueron: que las remuneraciones están siendo reconocidas por nuestro legislador sin que exista prestación efectiva de labores, tal es el caso como los domingos, feriados, licencias, entre otros; que vienen hacer supuestos de suspensión temporal imperfecta de labores por el contrato de trabajo; y también es necesario la regulación legal del despido incausado para que tenga una tutela restitutoria integral modificando el articulo 34 DS.003-97-TR. La conclusión es que al despido incausado se le otorgué las remuneraciones devengadas, los aportes dejadas de realizar al sistema previsional, y se efectué los pagos al seguro social incurridos por enfermedades durante todo el tiempo del cese hasta la reposición. |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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