Contravención del principio de mínima intervención del derecho penal en relación con la posesión mínima de dos o más tipos de drogas
Descripción del Articulo
El objetivo principal de esta investigación fue determinar de qué manera la regulación del segundo párrafo del artículo 299 del Código Penal Peruano, que considera punible la posesión mínima de dos o más tipos de droga para consumo personal inmediato, contraviene el principio de mínima intervención...
Autor: | |
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Formato: | tesis de grado |
Fecha de Publicación: | 2023 |
Institución: | Universidad Andina del Cusco |
Repositorio: | UAC-Institucional |
Lenguaje: | español |
OAI Identifier: | oai:repositorio.uandina.edu.pe:20.500.12557/6561 |
Enlace del recurso: | https://hdl.handle.net/20.500.12557/6561 |
Nivel de acceso: | acceso abierto |
Materia: | Principio del Derecho Pena Consumo inmediato propio https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00 |
Sumario: | El objetivo principal de esta investigación fue determinar de qué manera la regulación del segundo párrafo del artículo 299 del Código Penal Peruano, que considera punible la posesión mínima de dos o más tipos de droga para consumo personal inmediato, contraviene el principio de mínima intervención del Derecho Penal. La hipótesis general formulada fue: La regulación del segundo párrafo del artículo 299 del Código Penal peruano que considera punible la posesión mínima de dos o más tipos de droga para consumo personal e inmediato, contraviene el principio de mínima intervención del Derecho Penal, al no tener en cuenta los derechos y libertades individuales, restringir excesiva o innecesariamente la vida de las personas, no centrarse en la protección de bienes jurídicos fundamentales y regular conductas que no representan una amenaza significativa para la sociedad. La investigación empleó un enfoque cualitativo de tipo analítico dogmático. Los métodos de recogida de datos incluyeron el análisis de textos especializados, artículos científicos, material de investigación y entrevistas. Las hipótesis fueron validadas, y la conclusión principal apoya la hipótesis general de que debería existir una sanción penal para la posesión de dos o más cantidades de drogas para fines distintos del consumo personal inmediato. Esto garantizaría la importancia del derecho penal mínimo. La principal sugerencia es modificar el artículo 299 del Código Penal para considerar que no es punible poseer una o más drogas para consumo personal inmediato. El segundo párrafo mantiene la eximición de la despenalización por poseer dos o más drogas para fines distintos del consumo directo. |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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