La responsabilidad penal del despachador de aduanas en el delito de defraudación de rentas de aduana, fiscalía provincial penal corporativa especializada en delitos aduaneros y contra la propiedad intelectual del Callao, 2022.
Descripción del Articulo
La problemática principal de la investigación es la responsabilidad penal del despachador de aduanas en el delito de defraudación de rentas de aduana, fiscalía provincial penal corporativa especializada en delitos aduaneros y contra la propiedad intelectual del callao, 2022. En ese orden, el objetiv...
| Autor: | |
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| Formato: | tesis de grado |
| Fecha de Publicación: | 2025 |
| Institución: | Universidad Nacional Federico Villarreal |
| Repositorio: | UNFV-Institucional |
| Lenguaje: | español |
| OAI Identifier: | oai:repositorio.unfv.edu.pe:20.500.13084/10597 |
| Enlace del recurso: | https://hdl.handle.net/20.500.13084/10597 |
| Nivel de acceso: | acceso abierto |
| Materia: | Procesos jurídicos y resolución de conflictos Despachador de aduanas Defraudación de rentas de aduana Responsabilidad penal https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00 |
| Sumario: | La problemática principal de la investigación es la responsabilidad penal del despachador de aduanas en el delito de defraudación de rentas de aduana, fiscalía provincial penal corporativa especializada en delitos aduaneros y contra la propiedad intelectual del callao, 2022. En ese orden, el objetivo radicó en valorar la utilidad de la modificación del Art. 4 de Ley N° 28008. Ley de Delito Aduanero en el delito de Defraudación de Rentas de Aduanas por el Art. 2° del Decreto Legislativo N° 1542 (26 de marzo de 2022), en adelante la reciente modificatoria, coadyuva a establecer la responsabilidad penal del Despachador de Aduanas en el delito de Defraudación de Rentas de Aduana, Fiscalía Provincial Penal Corporativa Especializada en Delitos Aduaneros y contra la Propiedad Intelectual, durante en el año 2022. En ese sentido, el estudio empleó un enfoque cualitativo, de tipo básico, y abordando aspectos a nivel descriptivos y explicativos. A modo de conclusión, conforme con nuestra posición, lo esencial consideramos que no resulta eficaz y eficiencia la citada modificatoria, toda vez que, la inclusión de condición objetiva de punibilidad superior a 1 Unidad Impositiva Tributaria (UIT) no logra el objetivo de descargar la carga procesal en la Fiscalía Provincial Penal Corporativa Especializada en Delitos Aduaneros y contra la Propiedad Intelectual, además consideramos que no ayuda a erradicar las cifras delictivas por este delito y en consecuencia, sus desfalco al fisco. |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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