Los derechos lingüísticos como teoría y como práctica en Huaraz, Ancash
Descripción del Articulo
El presente artículo da cuenta sobre el conocimiento teórico de los derechos lingüísticos y su aplicación práctica en el sistema universitario y la administración de justicia en el contexto de la ciudad de Huaraz. Los resultados del análisis de los datos de la investigación hacen entrever que la nor...
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| Formato: | artículo |
| Fecha de Publicación: | 2009 |
| Institución: | Universidad Nacional Santiago Antúnez de Mayolo |
| Repositorio: | Revista UNASAM - Aporte Santiaguino |
| Lenguaje: | español |
| OAI Identifier: | oai:ojs.192.168.1.71:article/395 |
| Enlace del recurso: | http://revistas.unasam.edu.pe/index.php/Aporte_Santiaguino/article/view/395 |
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Los derechos lingüísticos como teoría y como práctica en Huaraz, AncashRobles Trejo, LuisJulca Guerrero, FélixNivin Vargas, LauraEl presente artículo da cuenta sobre el conocimiento teórico de los derechos lingüísticos y su aplicación práctica en el sistema universitario y la administración de justicia en el contexto de la ciudad de Huaraz. Los resultados del análisis de los datos de la investigación hacen entrever que la normatividad en cuanto a las lenguas es desconocida, por lo mismo, su puesta en práctica es nula y, consecuentemente, no contribuye para la vigencia y el mantenimiento de la diversidad lingüística. Se ha creado en el imaginario de la sociedad huaracina que todos hablan castellano y; por lo tanto, el castellano es el único idioma que se usa en todos los espacios formales (intelectivo, educación, jurídico, prensa, etc.). En cambio, la lengua quechua es usada solamente en la comunicación informal (la familia, la chacra, la intimidad, etc.).Pero además, la normatividad jurídica sobre lenguas es muy genérica y no desenlaza en normas concretas que tomen en cuenta la cosmovisión de los pueblos involucrados y permita su aplicabilidad. Por lo tanto, el desconocimiento de las normas jurídicas del derecho a la lengua propia trae consigo violación de uno de los derechos humanos fundamentales de la persona y el grupo social, pero también menor estabilidad y vigencia de la diversidad lingüística y una administración de justicia menos democrática en la ciudad de HuarazUniversidad Nacional Santiago Antúnez de Mayolo2009-07-19info:eu-repo/semantics/articleinfo:eu-repo/semantics/publishedVersionapplication/pdfhttp://revistas.unasam.edu.pe/index.php/Aporte_Santiaguino/article/view/39510.32911/as.2009.v2.n1.395Aporte Santiaguino; Vol. 2, Núm. 1 (2009): Enero-Mayo; pág. 187-1922616-95412070-836Xreponame:Revista UNASAM - Aporte Santiaguinoinstname:Universidad Nacional Santiago Antúnez de Mayoloinstacron:UNASAMspahttp://revistas.unasam.edu.pe/index.php/Aporte_Santiaguino/article/view/395/367/*ref*/Adelaar, Willem and Muysken, Pieter —The Laneuages of the Andes. Cambridge: Carnbridge University Press; 2004./*ref*/Homberger. Nancy -"Language policy, language education, language rights: lndigenous, immigrant, and inter-national perspectives. En Language in Society 27; 1998: 439-458,/*ref*/Julca Guerrero, Félix -Derechos lingüísticos y culturales en el Perú. Tesis de Derecho. Huaraz: FDCCPP. UNASAM; 2006./*ref*/Julca Guerrero, Félix -Conflicto de lenguas y ejercicio de los derechos lingüísticos en los Andes. Lima: Líder ediciones; 2009 (en prensa)./*ref*/Phillipson, Robert. -L in gil istic Imperial istn. Oxford: Oxford University Press; 1992./*ref*/Robles, Luis; Robles, Elmer y Flores. Efraín - Introducción a la teoría de los derechos fundamentales. Lima Editora FECAT: 2009./*ref*/Sktitnabb-Kangas. T. y Phil I ipson. R. 1994. Linguistic Human Rights: Overcoming Linguistic Discrimination. Berlín-New York: Mouton de Gruyter./*ref*/Torero Fernández, Alfredo — Idioma de los Andes. Lima: 1 lorizonte editorial; 200210.32911/as.2009.v2.n1.395.g367info:eu-repo/semantics/openAccess2021-05-31T16:00:16Zmail@mail.com - |
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El presente artículo da cuenta sobre el conocimiento teórico de los derechos lingüísticos y su aplicación práctica en el sistema universitario y la administración de justicia en el contexto de la ciudad de Huaraz. Los resultados del análisis de los datos de la investigación hacen entrever que la normatividad en cuanto a las lenguas es desconocida, por lo mismo, su puesta en práctica es nula y, consecuentemente, no contribuye para la vigencia y el mantenimiento de la diversidad lingüística. Se ha creado en el imaginario de la sociedad huaracina que todos hablan castellano y; por lo tanto, el castellano es el único idioma que se usa en todos los espacios formales (intelectivo, educación, jurídico, prensa, etc.). En cambio, la lengua quechua es usada solamente en la comunicación informal (la familia, la chacra, la intimidad, etc.).Pero además, la normatividad jurídica sobre lenguas es muy genérica y no desenlaza en normas concretas que tomen en cuenta la cosmovisión de los pueblos involucrados y permita su aplicabilidad. Por lo tanto, el desconocimiento de las normas jurídicas del derecho a la lengua propia trae consigo violación de uno de los derechos humanos fundamentales de la persona y el grupo social, pero también menor estabilidad y vigencia de la diversidad lingüística y una administración de justicia menos democrática en la ciudad de Huaraz |
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