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artículo
No presenta resumen
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artículo
Publicado 2011
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En el presente artículo, el doctor español Lorca, analiza un tema de relevancia tanto procesal como constitucional, como lo es el ámbito de la garantía procesal, tomando en cuenta para ello principios básicos, como la observancia del debido proceso y la tutela jurisdiccional. El autor explica cómo se detecta que el ámbito funcional del ejercicio de la jurisdicción es ante todo procesal y cómo la potestad de administrar justicia implica una acepción constitucional de la jurisdicción. De la misma manera analiza la Constitución Peruana desde su punto de vista y la jurisprudencia procesal civil española. Finalmente, el autor se centrará en la garantía de la prueba de la causa petendi como integrante de la “observancia del debido proceso y la tutela jurisdiccional” estudiando su instrumentalidad desde un enfoque garantista.
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artículo
Publicado 2012
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Un tema muy discutido dentro del Derecho Procesal Civil es la aplicación de las pruebas de oficio por parte del juez dentro de los procesos. Lo encontramos tanto en la normativa española como en la peruana, y en ambos espacios ha encontrado tanto detractores como adeptos. En el presente artículo, el autor nos brinda pautas detalladas para la aplicación de esta figura tomando como referente la jurisprudencia española (país del cual proviene el autor).
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artículo
Publicado 2013
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El reconocido jurista Antonio María Lorca Navarrete se encarga en el presente artículo del tema de la cooperación judicial en materia civil, referido principalmente a la obligación por parte de los miembros de la Comunidad Europea en eliminar obstáculos para el funcionamiento de los procesos civiles, que conlleva principalmente a un proceso de compatibilidad de las normas procesales civiles en los estados miembros.El proceso monitorio es útil para el cobro de deudas dinerarias, conforme a ello el autor analiza sistemáticamente las características de la técnica monitoria aplicable a la Comunidad Europea, y las implicancias que tiene para sus Estados miembro.
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artículo
Publicado 2020
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El presente artículo busca plasmar reflexiones respecto al reto que nos ha planteado la COVID-19 en el ámbito en el que tiene lugar su más letal consecuencia: la celebración de un juicio o, en su caso, la realización de una o varias “audiencias” ante un tribunal. Se explorará en qué medida el coronavirus no puede condicionar el futuro en la aplicación de garantías procesales básicas y esenciales como la oralidad, la concentración y publicidad en línea con el reconocimiento y, a su vez, de las garantías procesales de la igualdad, contradicción y audiencia de unas partes respecto de las otras personadas en los juicios o en la realización de una o varias “audiencias” ante un tribunal, por lo que el denominado “nuevo orden” –producto de los efectos perniciosos de la COVID-19– tendrían que desaparecer de inmediato y volver al status quo anterior a la irrupción...
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artículo
Publicado 2013
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El reconocido jurista Antonio María Lorca Navarrete se encarga en el presente artículo del tema de la cooperación judicial en materia civil, referido principalmente a la obligación por parte de los miembros de la Comunidad Europea en eliminar obstáculos para el funcionamiento de los procesos civiles, que conlleva principalmente a un proceso de compatibilidad de las normas procesales civiles en los estados miembros.El proceso monitorio es útil para el cobro de deudas dinerarias, conforme a ello el autor analiza sistemáticamente las características de la técnica monitoria aplicable a la Comunidad Europea, y las implicancias que tiene para sus Estados miembro.
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Publicado 2012
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Un tema muy discutido dentro del Derecho Procesal Civil es la aplicación de las pruebas de oficio por parte del juez dentro de los procesos. Lo encontramos tanto en la normativa española como en la peruana, y en ambos espacios ha encontrado tanto detractores como adeptos. En el presente artículo, el autor nos brinda pautas detalladas para la aplicación de esta figura tomando como referente la jurisprudencia española (país del cual proviene el autor).
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artículo
La oralidad dentro de los procesos judiciales es uno de los temas más comentados en estos últimos años. Así,tenemos que en los procesos laborales y penales ya emplean este modelo de manera predominante. Pero, ¿qué podemos decir de los procesos civiles? Si bien dentro del Código Procesal Civil existen etapas escritas, también encontramos etapas –en teoría- orales a través de audiencias. De ellas han surgido diversas interrogantes y, por consiguiente, debates en los cuales se busca en el fondo dar respuesta a cómo puede el Estado brindar un proceso justo y a la vez eficaz. ¿Será la oralidad un componente para lograrlo?
10
artículo
Publicado 2016
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This article addresses the relationship between the Process and the Constitution. For this purpose, it is explained what is the object of study of the Procedural Law, and which is the litigation model adopted in article 139 of the Peruvian Constitution, why this model is about a system with its own autonomy and substantivity and not about a subsystem, and how Civil Law and Common Law converging in this model. Furthermore, the author establishes, based on the Constitution, the reason why the existing procedural guarantees in our legal system do not imply a “right to a right decision”, but only the right to a fair process, and explains the difference between “fair process” and “justice” or “judicial truth”.
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Publicado 2016
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This article addresses the relationship between the Process and the Constitution. For this purpose, it is explained what is the object of study of the Procedural Law, and which is the litigation model adopted in article 139 of the Peruvian Constitution, why this model is about a system with its own autonomy and substantivity and not about a subsystem, and how Civil Law and Common Law converging in this model. Furthermore, the author establishes, based on the Constitution, the reason why the existing procedural guarantees in our legal system do not imply a “right to a right decision”, but only the right to a fair process, and explains the difference between “fair process” and “justice” or “judicial truth”.
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La oralidad dentro de los procesos judiciales es uno de los temas más comentados en estos últimos años. Así,tenemos que en los procesos laborales y penales ya emplean este modelo de manera predominante. Pero, ¿qué podemos decir de los procesos civiles? Si bien dentro del Código Procesal Civil existen etapas escritas, también encontramos etapas –en teoría- orales a través de audiencias. De ellas han surgido diversas interrogantes y, por consiguiente, debates en los cuales se busca en el fondo dar respuesta a cómo puede el Estado brindar un proceso justo y a la vez eficaz. ¿Será la oralidad un componente para lograrlo?
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Publicado 2011
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En el presente artículo, el doctor español Lorca, analiza un tema de relevancia tanto procesal como constitucional, como lo es el ámbito de la garantía procesal, tomando en cuenta para ello principios básicos, como la observancia del debido proceso y la tutela jurisdiccional. El autor explica cómo se detecta que el ámbito funcional del ejercicio de la jurisdicción es ante todo procesal y cómo la potestad de administrar justicia implica una acepción constitucional de la jurisdicción. De la misma manera analiza la Constitución Peruana desde su punto de vista y la jurisprudencia procesal civil española. Finalmente, el autor se centrará en la garantía de la prueba de la causa petendi como integrante de la “observancia del debido proceso y la tutela jurisdiccional” estudiando su instrumentalidad desde un enfoque garantista.
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El reconocido jurista Antonio María Lorca Navarrete se encarga en el presente artículo del tema de la cooperación judicial en materia civil, referido principalmente a la obligación por parte de los miembros de la Comunidad Europea en eliminar obstáculos para el funcionamiento de los procesos civiles, que conlleva principalmente a un proceso de compatibilidad de las normas procesales civiles en los estados miembros.El proceso monitorio es útil para el cobro de deudas dinerarias, conforme a ello el autor analiza sistemáticamente las características de la técnica monitoria aplicable a la Comunidad Europea, y las implicancias que tiene para sus Estados miembro.
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Un tema muy discutido dentro del Derecho Procesal Civil es la aplicación de las pruebas de oficio por parte del juez dentro de los procesos. Lo encontramos tanto en la normativa española como en la peruana, y en ambos espacios ha encontrado tanto detractores como adeptos. En el presente artículo, el autor nos brinda pautas detalladas para la aplicación de esta figura tomando como referente la jurisprudencia española (país del cual proviene el autor).
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La oralidad dentro de los procesos judiciales es uno de los temas más comentados en estos últimos años. Así,tenemos que en los procesos laborales y penales ya emplean este modelo de manera predominante. Pero, ¿qué podemos decir de los procesos civiles? Si bien dentro del Código Procesal Civil existen etapas escritas, también encontramos etapas –en teoría- orales a través de audiencias. De ellas han surgido diversas interrogantes y, por consiguiente, debates en los cuales se busca en el fondo dar respuesta a cómo puede el Estado brindar un proceso justo y a la vez eficaz. ¿Será la oralidad un componente para lograrlo?
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This article addresses the relationship between the Process and the Constitution. For this purpose, it is explained what is the object of study of the Procedural Law, and which is the litigation model adopted in article 139 of the Peruvian Constitution, why this model is about a system with its own autonomy and substantivity and not about a subsystem, and how Civil Law and Common Law converging in this model. Furthermore, the author establishes, based on the Constitution, the reason why the existing procedural guarantees in our legal system do not imply a “right to a right decision”, but only the right to a fair process, and explains the difference between “fair process” and “justice” or “judicial truth”.