El derecho sucesorio de patrimonio en tierras comunales de Santo Domingo de Olmos

Descripción del Articulo

Actualmente coexisten dos tesis sobre el origen de las comunidades campesinas del Perú: la indigenista (ayllus incaicos) y la hispánica (reducciones coloniales). En Lambayeque, la comunidad de Santo Domingo de Olmos enfrenta conflictos por derechos sucesorios ante la negativa de reconocer herencias....

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Monja Renteria, Rosa Amelia
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2025
Institución:Universidad Señor de Sipan
Repositorio:USS-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.uss.edu.pe:20.500.12802/15526
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12802/15526
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Comunidad campesina
Estatutos
Derecho sucesorio
Herederos
Conflictos
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:Actualmente coexisten dos tesis sobre el origen de las comunidades campesinas del Perú: la indigenista (ayllus incaicos) y la hispánica (reducciones coloniales). En Lambayeque, la comunidad de Santo Domingo de Olmos enfrenta conflictos por derechos sucesorios ante la negativa de reconocer herencias. Aunque gozan de autonomía según el artículo 89 de la Constitución, carecen de preparación legal para resolver disputas. Esta investigación busca interpretar adecuadamente la normativa sucesoria y contribuir a una mejor gestión comunal y comprensión legal. El objetivo general es Identificar las condiciones que obstaculizan la sucesión de derechos posesorios a herederos forzosos de comuneros fallecidos, en el marco de la Ley General de Comunidades Campesinas y el estatuto comunal pertinente. En la Discusión de los resultados se analizó la Ley General de Comunidades Campesinas y el estatuto comunal de Olmos, concluyendo que los derechos posesorios no se heredan automáticamente bajo el Código Civil, sino según normas internas. Estas normas priorizan la continuidad productiva y la condición de comunero activo, excluyendo a herederos que no cumplan dichos requisitos. Se identificaron obstáculos en la sucesión de derechos posesorios a herederos forzosos de comuneros fallecidos, debido a que la propiedad comunal no se rige por normas de sucesión civil. La Comunidad Campesina de Olmos, al ser la titular de los terrenos, niega derechos hereditarios, desconociendo el Código Civil. Esta situación se agrava por la deficiente interpretación de sus estatutos y la ausencia de regulación específica
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