Inclusión de procedimiento notarial que incorpora al heredero preterido en la sucesión intestada como garantía de derechos sucesorios
Descripción del Articulo
Se estableció como objetivo general determinar que la inclusión de un procedimiento no contencioso notarial donde se incorpore al heredero preterido en la sucesión intestada garantiza los derechos sucesorios. El heredero preterido nace del hecho que no siempre en la solicitud notarial o judicial que...
Autor: | |
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Formato: | tesis de maestría |
Fecha de Publicación: | 2023 |
Institución: | Universidad Señor de Sipan |
Repositorio: | USS-Institucional |
Lenguaje: | español |
OAI Identifier: | oai:repositorio.uss.edu.pe:20.500.12802/11528 |
Enlace del recurso: | https://hdl.handle.net/20.500.12802/11528 |
Nivel de acceso: | acceso abierto |
Materia: | Derechos sucesorios Heredero preterido Procedimiento notarial Sucesión intestada http://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01 |
Sumario: | Se estableció como objetivo general determinar que la inclusión de un procedimiento no contencioso notarial donde se incorpore al heredero preterido en la sucesión intestada garantiza los derechos sucesorios. El heredero preterido nace del hecho que no siempre en la solicitud notarial o judicial que se presenta para iniciar la sucesión intestada, se declaran a todos los herederos. Culminado el procedimiento notarial es imposible incluir a más herederos, siendo el único mecanismo jurídico la vía judicial para recurrir. Sin embargo, si los coherederos reconocidos llegan a un acuerdo entre todos y deciden concurrir y reconocer que existen otros herederos legítimos, notarialmente se podría dar una respuesta, pudiendo incluir al heredero preterido por otro mecanismo jurídico diferente. Se revisó el derecho comparado, de países como México, Cuba, Bolivia, Argentina, analizando la figura del heredero preterido. Resultando que notarialmente ninguna de las legislaciones tiene un tratamiento específico cuando existen sucesores excluidos luego de cerrada el acta de sucesión intestada. En la entrevista, los expertos coinciden con “implementar un Nuevo Proceso No Contencioso de Competencia Notarial denominado inclusión de nuevo heredero preterido por acuerdo unánime una vez culminada la sucesión intestada”, modificando la Ley 26662, una solución más a la comunidad frente a la acción petitoria de herencia judicial. Concluyendo, que la inclusión del heredero preterido protocolizada la sucesión tiene un tratamiento específico, no sucede esto a nivel notarial, es necesario, que esta misma figura se regule en esa vía, porque la creación de un procedimiento no contencioso notarial, permite al heredero preterido su inclusión más rápida y segura, como sucesor legítimo y el ejercicio de sus derechos sucesorios, convirtiéndose en un asunto no contencioso. |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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