Fundamentos jurídicos que hacen viable la obligación alimentaria de los hijos afines para con sus padres afines en el marco de las familias ensambladas en el Perú

Descripción del Articulo

En nuestro entorno actual la frase “los declaro marido y mujer hasta que la muerte los separe” va perdiendo sentido, pues cada vez son más frecuentes las separaciones y divorcios. Esta problemática se refleja en el incremento de la tasa de inscripciones de divorcios, así la Superintendencia Nacional...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Rojas Saldaña, Yuri Leyda
Fecha de Publicación:2019
Institución:Universidad Nacional de Cajamarca
Repositorio:UNC-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.unc.edu.pe:20.500.14074/3437
Enlace del recurso:http://hdl.handle.net/20.500.14074/3437
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Obligación alimentaria
Familias ensambladas
Descripción
Sumario:En nuestro entorno actual la frase “los declaro marido y mujer hasta que la muerte los separe” va perdiendo sentido, pues cada vez son más frecuentes las separaciones y divorcios. Esta problemática se refleja en el incremento de la tasa de inscripciones de divorcios, así la Superintendencia Nacional de Registros Públicos (SUNARP) dio a conocer que en el intervalo correspondiente a los meses de enero a julio del año 2018 se inscribieron un total de 5,046 divorcios, lo que representa un incremento de 4.90% respecto a las 4,810 separaciones inscritas durante el mismo periodo del año 2017; asimismo, informaron que los divorcios aumentaron en 16 departamentos del país: Amazonas, Áncash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Ica, Junín, La Libertad, Loreto, Pasco, Piura, Puno, Tacna y Tumbes (Redacción Perú21, 2018). Es justamente el incremento de divorcios y separaciones lo que ha generado una nueva estructura familiar, pues gran parte de los integrantes de dichas parejas vuelven a iniciar una relación con otra persona que, de formalizarse, provoca la convivencia no solo de la pareja sino de los hijos que tuvo o tuvieron en su anterior relación, y con el tiempo, en algunos casos, de los suyos propios. Este tipo de estructura familiar es conocida como familia reconstituida o ensamblada. Ésta, no tan nueva estructura familiar, se ha venido popularizando tanto que, incluso los conflictos que han surgido dentro de estas relaciones se han convertido en unos de interés jurídico, llegando a ser tramitados y resueltos por nuestros magistrados, así tenemos: el caso Shols Pérez (expediente N°093322006-PA/CT), el caso Cayturo Palma (expediente 02478-2008-PA/TC), el caso De la Cruz Flores (expediente N°04493-2008-PA/TC), y el caso Medina Menéndez (expediente N°01204-2017-PA/TC); en cada uno de ellos, nuestro máximo intérprete de la Constitución ha reconocido a esta estructura familiar como familia, y como tal, protegida por el Estado y la comunidad; asimismo, reconoce que las relaciones, los deberes y derechos entre los padres con sus hijos afines, carecen de regulación legal específica, situación que genera múltiples incertidumbres jurídicas.
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