Informe Jurídico sobre Expediente N° 00459-2022
Descripción del Articulo
El informe legal analiza el expediente N° 00459-2022, vinculado a un proceso de divorcio por causal de separación de hechos, iniciado por el Sr. Abraham Torres García en su papel, de demandante, en contra de la señora Ybettz de Jesús Canevaro Puerta como demandante. El objetivo principal de la acció...
| Autor: | |
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| Formato: | tesis de grado |
| Fecha de Publicación: | 2025 |
| Institución: | Universidad Privada Norbert Wiener |
| Repositorio: | UWIENER-Institucional |
| Lenguaje: | español |
| OAI Identifier: | oai:repositorio.uwiener.edu.pe:20.500.13053/14511 |
| Enlace del recurso: | https://hdl.handle.net/20.500.13053/14511 |
| Nivel de acceso: | acceso abierto |
| Materia: | Desintegración de la familia Procedimiento legal Derecho de la familia Family disorganization Legal procedure Family law https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01 https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.02 ODS 16: Paz, justicia e instituciones sólidas. Promover sociedades pacíficas e inclusivas para el desarrollo sostenible, facilitar el acceso a la justicia para todos y construir a todos los niveles instituciones eficaces e inclusivas que rindan cuentas |
| Sumario: | El informe legal analiza el expediente N° 00459-2022, vinculado a un proceso de divorcio por causal de separación de hechos, iniciado por el Sr. Abraham Torres García en su papel, de demandante, en contra de la señora Ybettz de Jesús Canevaro Puerta como demandante. El objetivo principal de la acción jurídica es conseguir un fallo definitivo que concluya la relación matrimonial entre las partes involucradas. La presente demanda fue aceptada dentro del procedimiento de conocimiento, considerándose como presentados los medios probatorios otorgados por la otra emplazada. Seguidamente, se dispuso el traslado respectivo a la parte demandada y a la Segunda fiscalía provincial Civil y de Familia de Tarapoto, con el propósito de que se apersone al proceso y emita su contestación. No obstante, la parte emplazada no formulo contestación ni se apersono al proceso, razón por la cual el juzgado declaro su rebeldía. Por su parte, el Ministerio Publico solicito se declare fundada la demanda, por encontrarse conforme con las disposiciones legales vigentes y requirió ser tenido por apersonado en el proceso. Finalmente, en una audiencia pública desarrollada sin presentación de informe oral, el juzgado emitió sentencia declarando fundada la demanda, disponiendo la ruptura del lazo matrimonial entre las partes implicadas. Asimismo, ante la inexistencia de bienes muebles adquiridos durante la vigencia del matrimonio se declaró extinguida la sociedad ganancial. |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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