El derecho de optar por un régimen de separación de patrimonios de las uniones de hecho en el Libro de Familia del Código Civil peruano
Descripción del Articulo
El artículo 326° del Código Civil Peruano establece que la unión de hecho es aquella unión voluntaria que se realiza entre un varón y una mujer, que se encuentran libres de impedimento de matrimonio, con la finalidad de que puedan cumplir con deberes y ejercer derechos semejantes a los establecidos...
| Autor: | |
|---|---|
| Formato: | tesis de grado |
| Fecha de Publicación: | 2021 |
| Institución: | Universidad Privada del Norte |
| Repositorio: | UPN-Institucional |
| Lenguaje: | español |
| OAI Identifier: | oai:repositorio.upn.edu.pe:11537/28103 |
| Enlace del recurso: | https://hdl.handle.net/11537/28103 |
| Nivel de acceso: | acceso abierto |
| Materia: | Matrimonio Familia Separación de bienes Unión de hecho Concubinato Concubinage Marriage Family Heritage https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01 |
| Sumario: | El artículo 326° del Código Civil Peruano establece que la unión de hecho es aquella unión voluntaria que se realiza entre un varón y una mujer, que se encuentran libres de impedimento de matrimonio, con la finalidad de que puedan cumplir con deberes y ejercer derechos semejantes a los establecidos en el matrimonio. De igual manera se establece que la sociedad de bienes este enmarcada dentro del régimen de sociedad de gananciales según corresponda o fuese aplicable, bajo las condiciones de que esta haya durado al menos dos años continuos y no exista un impedimento matrimonial entre los concubinatos. Pues bien, si revisamos el Título III en su Sección II del Libro de Derecho de Familia del Código Civil, podemos darnos cuenta que las disposiciones establecidas para el régimen patrimonial del matrimonio, permiten regularse a través de la elección de los futuros cónyuges, es decir de optar por el régimen patrimonial de sociedad de gananciales o por el régimen de separación de patrimonios, siendo esta situación antes o después de la institución del matrimonio (en sus artículos 295° y 296° respectivamente). La presente tesis propone la necesidad de incorporar dentro de nuestra normativa vigente, la opción de que los concubinatos, también puedan elegir el régimen patrimonial que por libre decisión consideren, entre el de sociedad de gananciales y el de separación de patrimonios tal como sucede con la institución del matrimonio; permitiendo que exista el derecho de libertad al elegir a los concubinos y un sentido de igualdad entre ambos. |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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