Informe para la sustentación de expedientes Expediente N° 02050-2011-0-0701-JR-CI-06 (Prescripción Adquisitiva de Dominio) Título N° 2004-330443 (Caducidad de Hipoteca)
Descripción del Articulo
En el presente caso, los cónyuges Abelardo Huayra y Modesta Tito interpusieron una demanda contra la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales – SBN ante el Juzgado Especializado en lo Civil de la Provincia Constitucional del Callao, en la que solicitaron como pretensión principal la prescripció...
| Autor: | |
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| Formato: | tesis de grado |
| Fecha de Publicación: | 2022 |
| Institución: | Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas |
| Repositorio: | UPC-Institucional |
| Lenguaje: | español |
| OAI Identifier: | oai:repositorioacademico.upc.edu.pe:10757/660356 |
| Enlace del recurso: | http://hdl.handle.net/10757/660356 |
| Nivel de acceso: | acceso abierto |
| Materia: | Propiedad Usucapión Prescripción Adquisitiva de Dominio Bienes del Estado https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00 https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01 |
| Sumario: | En el presente caso, los cónyuges Abelardo Huayra y Modesta Tito interpusieron una demanda contra la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales – SBN ante el Juzgado Especializado en lo Civil de la Provincia Constitucional del Callao, en la que solicitaron como pretensión principal la prescripción adquisitiva de dominio, a fin de ser declarados propietarios del bien inmueble rústico de área 31,929.13m2 ubicado en el sector del ex Fundo Márquez del distrito del Cercado del Callao de la Provincia Constitucional del Callao que forma parte de un predio de mayor extensión (área 1,038,110.70m2) inscrito en la partida N° 70373515 del Registro de Predios de la Oficina Registral del Callao a favor del Estado por haberlo adquirido al poseerlo de forma continua, pacífica y pública desde el año 1980; y, como pretensión accesoria, se disponga su independización de la matriz. En ese sentido, el presente expediente plantea resolver la cuestión siguiente: si es posible prescribir bienes de dominio del Estado antes de la vigencia de la Ley 29618 – Ley que establece la presunción de que el Estado es poseedor de los inmuebles de su propiedad y declara imprescriptibles los bienes inmuebles de dominio privado estatal –. Al respecto, la Sala Civil Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, mediante Casación N° 291-2014, resuelve que la referida Ley no puede aplicarse a un hecho anterior a su vigencia, pues ninguna ley tiene eficacia retroactiva. Por tanto, los bienes de dominio del Estado sí pueden adquirirse por prescripción, bajo la legislación anterior. |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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