Expediente N° 01840-2012-0-0401-JR-CI-05 y Expediente N° 0105-2012/CEB

Descripción del Articulo

Con el presente expediente sobre tercería de propiedad se pone atención a una discusión de larga data en la interpretación jurídica del sistema de transmisión de la propiedad inmueble y de la segunda parte del artículo 2022° del Código Civil y todo en el marco del eterno debate jurisprudencial sobre...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Camader Cuadros, Piero Antonio
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2023
Institución:Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas
Repositorio:UPC-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorioacademico.upc.edu.pe:10757/668694
Enlace del recurso:http://hdl.handle.net/10757/668694
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Propiedad
Tercería
Derechos reales
Derechos personales
Property
Third party
Real rights
Personal rights
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:Con el presente expediente sobre tercería de propiedad se pone atención a una discusión de larga data en la interpretación jurídica del sistema de transmisión de la propiedad inmueble y de la segunda parte del artículo 2022° del Código Civil y todo en el marco del eterno debate jurisprudencial sobre el tema, con posiciones contrapuestas respecto a la preferencia sobre los derechos reales (derecho de propiedad) sobre los personales (derecho de crédito) y viceversa y que habría tenido fin con la expedición del Sétimo Pleno Casatorio. En el presente caso a analizar, la demandante pretende se levante la medida cautelar de embargo en forma de inscripción de un departamento en Arequipa, alegando haberlo adquirido mediante una escritura pública de compraventa e inscrita en Registros Públicos. Por otro lado, los codemandados señalaron tener una medida cautelar de embargo en forma de inscripción sobre el inmueble, la cual fue concedida mediante una resolución judicial y debidamente inscrita en Registros Públicos. Estando las cosas así, ¿cuál es el derecho que prevalece?, ¿el derecho de propiedad de la demandante (tercerista) o el derecho del codemandado (acreedor) con embargo inscrito a su favor? Pretendemos con nuestro análisis responder a estas interrogantes a fin de sustentar y defender nuestra posición final sobre este tema.
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