La autodeterminación informativa a propósito de las cuentas personales de Facebook en la legislación peruana
Descripción del Articulo
El presente trabajo, estudia diversas peculiaridades que se observan en la sentencia, emitida por el Tribunal Constitucional, la cual se enfoca en el ámbito de exclusión de las cuentas personales de Facebook de la legislación peruana, referente a la vulneración del derecho a la autodeterminación inf...
Autores: | , |
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Formato: | tesis de grado |
Fecha de Publicación: | 2024 |
Institución: | Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas |
Repositorio: | UPC-Institucional |
Lenguaje: | español |
OAI Identifier: | oai:repositorioacademico.upc.edu.pe:10757/675017 |
Enlace del recurso: | http://hdl.handle.net/10757/675017 |
Nivel de acceso: | acceso abierto |
Materia: | Derecho a la autodeterminación informativa Banco de datos personales Hábeas data Acción de amparo Cuentas personales de Facebook Information self-determination Personal data Bases Habeas data Writ of protection Personal account of Facebook https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01 https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00 |
Sumario: | El presente trabajo, estudia diversas peculiaridades que se observan en la sentencia, emitida por el Tribunal Constitucional, la cual se enfoca en el ámbito de exclusión de las cuentas personales de Facebook de la legislación peruana, referente a la vulneración del derecho a la autodeterminación informativa. Se estudia la ley de protección de datos personales, el cual indica que, ante la manipulación de información personal en bancos de datos personales, el titular de la información posee el derecho de gestionarla. Esta información está protegida por el derecho a la autodeterminación informativa, cuyo mecanismo de defensa se denomina hábeas data frente a peligros tecnológicos. En la sentencia bajo estudio el derecho a la autodeterminación informativa del demandante no es salvaguardado. Por ello, el magistrado Monteagudo en su fundamento de voto apoya el fallo de la Sala; pero realiza dos precisiones. Primero, resalta la acción de amparo como vía alterna. Segundo, no comparte la posición asumida por sus compañeros del Tribunal Constitucional en lo referente a que una cuenta personal de Facebook no posee las características propias de un banco de datos. En virtud de ello, se suscribe en su totalidad las precisiones realizadas en el fundamento de voto, el cual se adhiere a la decisión de la sentencia. En ese sentido, el presente análisis concluye que la ley especial se ha aplicado de manera correcta, así como respalda la recomendación de accionar el amparo como vía alterna de defensa. |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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