La Aplicación del Principio Protector en el Marco del Derecho Previsional

Descripción del Articulo

En virtud a la Resolución de Sala Plena N° 025-2024-SUNAFIL/TFL, se estableció como precedente administrativo de observancia obligatoria que ante una fórmula disyuntiva de una normativa previsional, la interpretación debe realizarse en conjunto con los preceptos normativos nacionales e internacional...

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Detalles Bibliográficos
Autores: Mayuri Salvador, Christopher Javier, Luna Tuesta, Carolina Milagros
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2025
Institución:Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas
Repositorio:UPC-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorioacademico.upc.edu.pe:10757/687996
Enlace del recurso:http://hdl.handle.net/10757/687996
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Seguridad Social
Régimen de Pensiones
Principio Protector
Principio In Dubio Pro Operario
Derechos Laborales
Relación Laboral
Social Security
Pension System
Protective Principle
In Dubio Pro Operario Principle
Labor Rights
Employment Relationship
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:En virtud a la Resolución de Sala Plena N° 025-2024-SUNAFIL/TFL, se estableció como precedente administrativo de observancia obligatoria que ante una fórmula disyuntiva de una normativa previsional, la interpretación debe realizarse en conjunto con los preceptos normativos nacionales e internacionales sobre la seguridad social, siendo así que corresponde una obligación por parte del empleador el inscribir a sus trabajadores en algún Régimen de Pensiones; caso contrario, se estaría vulnerando su derecho constitucional. El presente trabajo consiste en la relevancia de la aplicación del principio protector y específicamente, el principio in dubio pro operario en el ámbito de las relaciones laborales frente a una obligación de naturaleza previsional. Dichos principios tienen como objetivo garantizar un equilibrio entre el empleador y el trabajador, dado que este último se encuentra en una posición de desigualdad. Es así que, al evidenciarse dudas o ambigüedades respecto al contenido de una norma previsional, se debe interpretar en conjunto con los preceptos normativos constitucionales nacionales e internacionales, velando siempre por la protección de los derechos del trabajador. En ese sentido, a través de la doctrina presentada, concluimos que el análisis de la interpretación de la normativa previsional del Tribunal de Fiscalización Laboral ha sido efectuado correctamente. Asimismo, consideramos acertada la decisión de haberse establecido ciertos fundamentos como precedente administrativo de observancia obligatoria, toda vez que contribuirá a dotar de seguridad y protección efectiva a los derechos laborales de los trabajadores ante situaciones similares. Sin embargo, consideramos que el mencionado tribunal pudo haber realizado una mayor motivación para su acto resolutivo a través de un análisis más extensivo respecto al uso de otros principios laborales.
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