Desnaturalización de la intermediación laboral de las operadoras de módulo de Essalud ante la inexistencia de contratos de locación de servicios en la provincia de Chiclayo

Descripción del Articulo

La intermediación laboral es una figura jurídica que dada su naturaleza rompe el esquema tradicional empleador-trabajador, dado que a través de la referida figura, en la relación existen tres elementos: La empresa intermediadora, la empresa usuaria y el trabajador suministrado. Ello conlleva a que e...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Rodríguez Ortiz, Manuel Jheferson
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2020
Institución:Universidad Señor de Sipan
Repositorio:USS-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.uss.edu.pe:20.500.12802/8009
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12802/8009
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Intermediación laboral
Desnaturalización
Contrato de locación de servicios
Contrato de trabajo
Relación laboral a plazo indeterminado
http://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:La intermediación laboral es una figura jurídica que dada su naturaleza rompe el esquema tradicional empleador-trabajador, dado que a través de la referida figura, en la relación existen tres elementos: La empresa intermediadora, la empresa usuaria y el trabajador suministrado. Ello conlleva a que el prestador de servicios no tenga vínculo laboral con la empresa favorecida por sus servicios, sino con la empresa intermediadora. De esta manera, se evidencia la existencia una flexibilización laboral. Motivo por el cual, y teniendo en cuenta que la referida figura jurídica es muy utilizada, misma que de por sí ya genera una carencia de estabilidad laboral del trabajador suministrado, el legislador para prevenir que a través de su utilización se vulneren los derechos laborales del trabajador ha regulado supuestos de desnaturalización de la referida figura jurídica. Sin embargo, por regla general ya se conoce que las leyes son cambiantes, en razón a que deben responder a una problemática actual que se suscite; por lo que, al evidenciarse que las empresas usuarias e intermediadoras no están cumpliendo con la normativas legales, dentro de éstas, cumplir que conste por escrito el contrato de locación de servicios, resulta necesario analizar si ante tal incumplimiento se pueden determinar nuevos supuestos de desnaturalización, siempre bajo la luz de proteger los derechos laborales del trabajador, partiendo desde su derecho constitucional al trabajo.
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