La prueba de oficio un riesgo en el proceso civil ante el derecho del contradictorio en la corte superior de justicia de Lambayeque

Descripción del Articulo

Objetivo: Determinar los efectos jurídicos de la modificatoria del artículo 194 del Código Procesal Civil, es decir si con la prueba de oficio, se vulneran los principios de imparcialidad del juez, el principio constitucional de doble instancia, en el Código Procesal Civil el artículo II del Título...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Cabrera Sandoval, Wilder
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2022
Institución:Universidad Señor de Sipan
Repositorio:USS-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.uss.edu.pe:20.500.12802/9591
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12802/9591
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Prueba de oficio
Debido proceso
Derecho de defensa
Principio de imparcialidad
Principio del contradictorio
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:Objetivo: Determinar los efectos jurídicos de la modificatoria del artículo 194 del Código Procesal Civil, es decir si con la prueba de oficio, se vulneran los principios de imparcialidad del juez, el principio constitucional de doble instancia, en el Código Procesal Civil el artículo II del Título preliminar, sobre Principios de dirección e impulso del proceso, el artículo VI: Principio de socialización del proceso y sobre todo el principio del contradictorio cuando se afecta el principio de defensa de las partes. Método: La población de estudio fue de 50 personas (Magistrados y abogados), para ello se ha utilizado una investigación no experimental, la cual se realizó sobre cada participante sin influir en ellos, ni en sus actitudes, comportamiento ni determinaciones, la investigación se centró en analizar si verdaderamente se garantiza que los jueces no vulneren el principio de imparcialidad, afectándose el principio del contradictorio, con el propósito de inclinar ventaja hacia una de las partes en el proceso. Resultados: Se advierte de los resultados que en muchos casos el juez, aun suple la voluntad de las partes procesales, sin que estos sean los actores del proceso, vulnerando el principio de defensa y poniendo en riesgo el derecho del contradictorio, por lo que nuestra propuesta es la modificatoria del artículo 194, Ley 30293 sobre la prueba de oficio en el Código procesal civil. Conclusiones: En nuestra propuesta advertimos que; para que sea válida la prueba de oficio en un proceso civil debe tenerse presente ciertas limitaciones que se dirigen al juez por el ejercicio del derecho de las partes, cuando decide sobre los hechos controvertidos actuándose la prueba de oficio, estos hechos deberán probarse respetando y garantizando el principio de contradicción constatando la fuente de prueba, a efecto de que se garantice a las partes su pleno ejercicio de defensa frente a lo que incorpora el juez de oficio, y que su decisión tenga carácter de impugnable para sostener la garantía de que no vulnere el debido proceso.
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