Análisis jurídico del artículo 326 del código civil referente al cambio de estado civil de los concubinos ante Reniec

Descripción del Articulo

Esta investigación está enfocada en la realidad que vivimos actualmente como sociedad, siendo así que, existe una desprotección jurídica y un vacío legal respecto a las uniones de hecho formales, ya que aunque a lo largo del tempo han existido avances respecto a esta novedosa figura jurídica, donde...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Zapata Flores, Juliana Gissella
Formato: tesis de maestría
Fecha de Publicación:2024
Institución:Universidad Señor de Sipan
Repositorio:USS-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.uss.edu.pe:20.500.12802/14891
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12802/14891
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Concubinos
patrimonio
RENIEC
vinculo
praxis
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:Esta investigación está enfocada en la realidad que vivimos actualmente como sociedad, siendo así que, existe una desprotección jurídica y un vacío legal respecto a las uniones de hecho formales, ya que aunque a lo largo del tempo han existido avances respecto a esta novedosa figura jurídica, donde además de proteger a los convivientes también se protege a la familia y por lo consiguiente al patrimonio familiar, podemos identificar que aún no existe un cambio em el estado civil de los concubinos en el registro civil, por lo que su identificación aún no está en su totalidad creando de esta forma inconvenientes en nuestra sociedad. El problema de la investigación fue “¿Es viable, el cambio de Estado Civil de los Concubinos en la unión de Hecho ante RENIEC?”, el objetivo es “Evaluar jurídicamente el artículo 326 del Código Civil Peruano, referente al cambio de Estado Civil de los Concubinos ante Reniec”. La metodología fue cualitativa – descriptiva, el escenario fueron abogados especialistas en Derecho Civil de la ciudad de Piura y los participantes son 10 abogados especialistas en derecho civil del mismo distrito. La técnica utilizada fue la entrevista. El instrumento fue la guía de entrevista. Entre los resultados, el resultado más destacable fue “Cinco (5) de los expertos indicaron que, si se debiera normar de manera más concreta para que así se pueda proteger a los nuevos modelos de familia peruana, y cinco (5) de los expertos considera que están claros los requisitos pero que pueden resultar insuficientes para garantizar la unión de hecho”. La conclusión más relevante fue “que consideran que se modifique la figura para evitar una mala praxis respecto a la unión de hecho hasta dar seguridad jurídica a los concubinos incluso llegar que en el DNI figure el nuevo estado civil de convivientes”.
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