La autonomía privada del concubino y su relación patrimonial en el derecho sucesorio, en Lima Metropolitana – 2018

Descripción del Articulo

La institución marital entendida como un declaración voluntaria entre sus contrayentes, hoy en la actualidad se ha desnaturalizado, ello tras la vigencia de la Ley Nro. 30007, la misma que reconoció derechos sucesorios a los integrantes de una convivencia, la cual ha evidenciado el quebrantamiento d...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Iquise Chumpe, Yuri
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2018
Institución:Universidad Cesar Vallejo
Repositorio:UCV-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.ucv.edu.pe:20.500.12692/33965
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12692/33965
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Autonomía privada
Concubino
Patrimonio
Derecho sucesorio
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00
Descripción
Sumario:La institución marital entendida como un declaración voluntaria entre sus contrayentes, hoy en la actualidad se ha desnaturalizado, ello tras la vigencia de la Ley Nro. 30007, la misma que reconoció derechos sucesorios a los integrantes de una convivencia, la cual ha evidenciado el quebrantamiento de su autonomía de todas aquellas personas que optan por convivir libremente. El presente trabajo de investigación tiene como finalidad determinar como la autonomía privada del concubino incide en su relación patrimonial dentro del derecho sucesorio, respecto de la Ley Nro. 30007 que equipará en parte los mismos derechos para una pareja constituida en el matrimonio, así como la normatividad vigente. El desarrollo del presente estudio de investigación se acoge al enfoque cualitativo con un diseño de investigación de teoría fundamentada tipo básico – puro y nivel descriptivo. Para lograr nuestros objetivos se realizó entrevistas a diferentes abogados expertos en la materia, jueces y especialistas judiciales en derecho de familia, así como, representantes del Ministerio Público especializados en Derecho de Familia los cuales manifestaron información acerca de cómo el Estado viene regulando el derecho sucesorio en las parejas que superen los dos años de convivencia, así como también su opinión profesional y académica sobre el estudio. De esta manera, el presente estudio materia de investigación llegó a concluir que si el Estado busca proteger al conviviente supérstite, su reconocimiento como tal no genere entre sus demás herederos una confrontación sobre su patrimonio.
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