La terminación y conclusión anticipada en el delito de crimen organizado frente al principio de igualdad y celeridad procesal

Descripción del Articulo

La terminación anticipada y la conclusión anticipada son figuras procesales que apuntan a un mismo fin, esto es, la conclusión del proceso tras el reconocimiento de la víctima; empero, el legislador peruano, mediante La Ley N° 30076, modificó el artículo 471 del Código procesal Penal y prohibió la p...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Cueva Santacruz, Ronald Percy
Formato: tesis de maestría
Fecha de Publicación:2024
Institución:Universidad Señor de Sipan
Repositorio:USS-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.uss.edu.pe:20.500.12802/13737
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12802/13737
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Terminación anticipada
Conclusión anticipada
Crimen organizado
Principio de igualdad
Principio de celeridad procesal.
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:La terminación anticipada y la conclusión anticipada son figuras procesales que apuntan a un mismo fin, esto es, la conclusión del proceso tras el reconocimiento de la víctima; empero, el legislador peruano, mediante La Ley N° 30076, modificó el artículo 471 del Código procesal Penal y prohibió la procedencia de la terminación anticipada para quienes estuvieran procesados por delitos relacionados al crimen organizado sin que medie justificación constitucional alguna, siendo esta justamente la problemática abordada. Se planteó como objetivo general: Determinar si la procedencia de la conclusión anticipada en el delito de organización criminal, respecto a la improcedencia de la terminación anticipada, vulnera el principio de igualdad y celeridad procesal. La metodología empleada fue de tipo aplicado con diseño cualitativo, de enfoque no experimental. Como resultado, se obtuvo que, tanto la doctrina nacional, como la extrajera, muestra una evolución en las acciones del Estado para combatir la criminalidad organizada, la cual, también ha evolucionado, posicionando a Lambayeque como el segundo departamento con mayor volumen de denuncias de este tipo; sin embargo, esto ha impactado en los derechos de los procesados. Finalmente, se concluye que, la discrepancia entre la procedencia de la conclusión anticipada y la improcedencia de la terminación anticipada en el delito de organización criminal vulnera la igualdad y celeridad procesal, careciendo de justificación legal, por lo que, la modificación legal respecto de ello es considerada la opción más adecuada por expertos en derecho penal para garantizar una eficacia procesal respetuosa de los principios constitucionales.
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