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tesis de maestría
Publicado 2024
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La terminación anticipada y la conclusión anticipada son figuras procesales que apuntan a un mismo fin, esto es, la conclusión del proceso tras el reconocimiento de la víctima; empero, el legislador peruano, mediante La Ley N° 30076, modificó el artículo 471 del Código procesal Penal y prohibió la procedencia de la terminación anticipada para quienes estuvieran procesados por delitos relacionados al crimen organizado sin que medie justificación constitucional alguna, siendo esta justamente la problemática abordada. Se planteó como objetivo general: Determinar si la procedencia de la conclusión anticipada en el delito de organización criminal, respecto a la improcedencia de la terminación anticipada, vulnera el principio de igualdad y celeridad procesal. La metodología empleada fue de tipo aplicado con diseño cualitativo, de enfoque no experimental. Como resultado, se ob...