La alcabala y su regulación progresiva de la tasa en la Municipalidad Provincial de Lambayeque 2022

Descripción del Articulo

Los tributos son muy importantes para el estado, porque de su recaudación depende la posibilidad que tengan los gobiernos para poder cumplir con los ser servicios públicos. La presente investigación ha considerado el principio de justicia en la elaboración de los tributos para plantear como tema “LA...

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Detalles Bibliográficos
Autores: Suarez Ruiz, Jimmy, Ulloque Nuñez, Miriam Andrea
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2023
Institución:Universidad Señor de Sipan
Repositorio:USS-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.uss.edu.pe:20.500.12802/11909
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12802/11909
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Impuesto de alcabala
Tasa progresiva
Principio de igualdad
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:Los tributos son muy importantes para el estado, porque de su recaudación depende la posibilidad que tengan los gobiernos para poder cumplir con los ser servicios públicos. La presente investigación ha considerado el principio de justicia en la elaboración de los tributos para plantear como tema “LA ALCABALA Y SU REGULACIÓN PROGRESIVA DE LA TASA EN LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE LAMBAYEQUE 2022”, siendo su objetivo general Determinar si estableciendo la tasa progresiva para el impuesto de alcabala se garantiza el principio de igualdad entre los contribuyentes. Como objetivos específicos: Describir los fundamentos teóricos del impuesto de alcabala, Caracterizar el principio constitucional tributario de igualdad, Identificar la relación existente entre el establecimiento de una tasa progresiva para el impuesto de alcabala y el principio de igualdad y Realizar una propuesta normativa para modificar la ley de tributación municipal variando la tasa fija del impuesto de alcabala por una tasa progresiva. La metodología empleada fue de tipo cuantitativa habiendo aplicado una encuesta a 50 abogados, lo que permitió obtener como resultado: que el 90% de los encuestados están de acuerdo en que la recaudación del impuesto de alcabala se debe cobrar en base a una tasa progresiva, tal como se plantea en el caso del impuesto predial. Se concluyó que es necesaria una propuesta normativa para modificar el artículo 25 de la ley de tributación municipal, de tal forma que se considere una tasa progresiva, en vez de una tasa fija para el impuesto de alcabala.
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